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Legislación › Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil.

ANEXO II

Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de enero de 2003 y la del 29 de febrero de 2012. Tachado: lo que se quitó (478 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1112 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO II
Excepciones a la prohibición de utilizar plomo, mercurio, cadmio y cromo hexavalente en los materiales Materiales y componentes exentos de los vehículos, según lo dispuesto en el apartado a) del artículo 3. 3 letra a). Obligación de marcado
Materiales y componentes
·
Alcance y fecha de vencimiento de la excepción exención
·
a) Obligación
de marcado
·
Plomo como elemento de aleación:
·
aleación
·
1.a) Acero para fines de mecanizado y componentes de acero galvanizado en caliente por procedimiento discontinuo que contengan hasta un 0’35 por 100 0,35 % de su peso en plomo.
·
·
·
1.b) Chapas de acero galvanizado en continuo que contengan hasta un 0,35 % de su peso en plomo.
·
Vehículos homologados antes del 1 de enero de 2016 y piezas de recambio para esos vehículos.
·
·
2.a)
Aluminio para fines de mecanizado con un contenido en plomo de hasta el 2 por 100 % en peso peso.
·
Piezas de recambio para vehículos que hayan salido al mercado antes del 1 de julio de 2005.
·
·
2.b)
Aluminio para fines de mecanizado con un contenido en plomo de hasta el 1 por 100 1,5 % en peso peso.
·
Piezas de recambio para vehículos que hayan salido al mercado antes del 1 de julio de 2008.
·
·
2.c) Aluminio con un contenido en plomo de hasta el 0,4 % en peso.
·
(2)
·
·
3.
Aleación de cobre que contenga hasta un 4 por 100 % de su peso en plomo.
·
(2)
·
·
4.a)
Cojinetes y pistones casquillos.
·
Piezas de recambio para vehículos
que contengan plomo-bronce. hayan salido al mercado antes del 1 de julio de 2008.
·
·
b) 4.b) Cojinetes y casquillos para compresores de motor, de transmisión y de aire acondicionado.
·
1 de julio de 2011 y después de esa fecha en piezas de recambio para vehículos que hayan salido al mercado antes del 1 de julio de 2011.
·
·
Plomo y compuestos de plomo como metal de los componentes: componentes
·
5. Baterías.
·
Baterías (*). (2)
·
X
·
6. Amortiguadores de vibraciones (*).
·
vibraciones.
·
Contrapesos Vehículos homologados antes del 1 de equilibrado enero de ruedas (*) 2016 y piezas de recambio para esos vehículos.
·
Vehículos homologados antes X
·
7.a) Agentes
de 1 vulcanización y estabilizadores para elastómeros en tubos de julio freno, tubos de 2003 combustible, tubos de ventilación, piezas de elastómero/metal para aplicaciones de chasis, y contrapesos bastidores de equilibrado motor.
·
Piezas
de ruedas destinados recambio para vehículos que hayan salido al mantenimiento de esos vehículos: mercado antes del 1 de julio de 2005.
·
·
7.b)
Agentes de vulcanización y estabilizadores para elastómeros en la manipulación tubos de fluidos freno, tubos de combustible, tubos de ventilación, piezas de elastómero/metal para aplicaciones de chasis, y bastidores de motor que contengan hasta el 0,5 % de su peso en plomo.
·
Piezas de recambio para vehículos que hayan salido al mercado antes del 1 de julio de 2006.
·
·
7.c) Agentes reticulantes para elastómeros en
aplicaciones del sistema de propulsión que contengan hasta un 0,5 % de su peso en plomo.
·
Piezas de recambio para vehículos que hayan salido al mercado antes del 1 de julio de 2005. 2009.
·
Estabilizadores ·
8.a) Plomo en soldaduras para fijar componentes eléctricos y electrónicos a paneles
de pinturas circuitos electrónicos y plomo en acabados sobre terminaciones de protección componentes distintos de los condensadores electrolíticos de aluminio, sobre clavijas de componentes y sobre paneles de circuitos electrónicos.
·
Vehículos homologados antes del 1 de julio enero de 2005. 2016 y piezas de recambio para esos vehículos.
·
Escobillas X (1)
·
8.b) Plomo en soldaduras en aplicaciones eléctricas, excepto sobre paneles
de carbón para motores eléctricos circuitos electrónicos o sobre vidrio.
·
Vehículos homologados antes del 1 de julio enero de 2003 2011 y escobillas piezas de carbón recambio para motores eléctricos destinadas al mantenimiento de esos vehículos: vehículos.
·
X (1)
·
8.c) Plomo en acabados sobre terminales de condensadores electrolíticos de aluminio.
·
Vehículos homologados antes del
1 de enero de 2005. 2013 y piezas de recambio para esos vehículos.
·
Soldaduras X (1)
·
8.d) Plomo utilizado en soldaduras sobre vidrio en sensores
de paneles flujo de circuitos electrónicos masa de aire.
·
Vehículos homologados antes del 1 de enero de 2015
y otras aplicaciones eléctricas (*) piezas de recambio de esos vehículos.
·
(1). X (1)
·
Cobre 8.e) Plomo en forros soldaduras de frenos alta temperatura de fusión (es decir, aleaciones de plomo que contenga más contengan un 85 % en peso de plomo o más).
·
(3)
·
X (1)
·
8.f) Plomo en sistemas de conectores de clavijas que se ajusten a las normas.
·
(3)
·
X (1)
·
8.g) Plomo en soldaduras diseñadas para crear una conexión eléctrica viable entre el cubo de semiconductor y el portador en cápsulas de circuito integrado "flip-chip".
·
(3)
·
X (1)
·
8.h) Plomo en soldaduras para fijar placas difusoras al disipador de calor en ensamblajes de componentes de semiconductores de potencia con
un 0,5 por 100 chip con un área de su peso proyección mínima de 1 cm 2 y una densidad de corriente nominal de, al menos, 1 A/mm 2 de superficie del chip de silicio.
·
(3)
·
X (1)
·
8.i) Plomo
en plomo (*) soldaduras en aplicaciones eléctricas sobre vidrio, excepto en el caso de soldaduras en cristales de vidrio laminado.
·
Vehículos homologados antes del 1 de julio enero de 2003 2013 y mantenimiento piezas de recambio para esos vehículos: 1 de julio vehículos (4).
·
X (1)
·
8.j) Plomo en soldaduras en cristales
de 2004. vidrio laminado.
·
(3)
·
X (1)
·
9.
Asientos de las válvulas válvulas.
·
Tipos Piezas de motores recambio para tipos de motor desarrollados antes del 1 de julio de 2003: 1 de julio de 2006. 2003.
·
·
10.a)
Componentes eléctricos y electrónicos que contengan plomo en vidrio o cerámica, en piezas matrices de vidrio o cerámica, excepto en materiales vitrocerámicos o en piezas matrices vitrocerámicas Esta exención no se aplica al uso de plomo en:
–
el vidrio de faros y bujías de encendido (*) encendido,
– materiales cerámicos dieléctricos de los componentes indicados en los puntos 10.b), 10.c) y 10.d).
·
(2) Componentes ·
X (5)
(componentes
que no sean los piezoeléctricos contenidos incluidos en el motor. motor).
·
Vidrio 10.b) Plomo en materiales cerámicos dieléctricos PZT de faros y bujías condensadores que forman parte de encendido circuitos integrados o semiconductores discretos.
·
·
·
10.c) Plomo en materiales cerámicos dieléctricos de condensadores con una tensión nominal inferior a 125 V CA o 250 V CC.
·
Vehículos homologados antes del
1 de enero de 2005. 2016 y piezas de recambio para esos vehículos.
·
·
10.d) Plomo en los materiales cerámicos dieléctricos de condensadores que compensan las diferencias relacionadas con la temperatura de los sensores de sistemas de sonar de ultrasonidos.
·
(3)
·
·
11.
Iniciadores pirotécnicos pirotécnicos.
·
Vehículos homologados antes del 1 de julio de 2007. 2006 y piezas de recambio para esos vehículos.
·
c) ·
12. Materiales termoeléctricos que contienen plomo en aplicaciones eléctricas para automóviles que permiten reducir las emisiones de CO2 por recuperación del calor del tubo de escape.
·
Vehículos homologados antes del 1 de enero de 2019 y piezas de recambio para esos vehículos.
·
X
·
Cromo hexavalente: hexavalente
·
13.a) Revestimientos antioxidantes.
·
Piezas de recambio para vehículos que hayan salido al mercado antes del 1 de julio de 2007.
·
·
13.b)
Revestimientos antioxidantes para los pernos y tuercas que se utilizan en el ensamblaje de chasis.
·
Piezas de recambio para vehículos que hayan salido al mercado antes del 1 de julio de 2006. 2008.
·
Refrigeradores ·
14. Como protección anticorrosiva para los sistemas
de refrigeración de acero al carbono en refrigeradores de absorción en caravanas (*). caravanas, hasta un máximo del 0,75 % en peso en la solución refrigerante, excepto si el uso de otras tecnologías de refrigeración es viable (es decir, que estén disponibles en el mercado para una aplicación en caravanas) y no provoca impactos negativos para el medio ambiente, la salud o la seguridad de los consumidores.
·
·
d) Mercurio: X
·
Mercurio
·
15.a) Lámparas de descarga e indicadores del salpicadero (*).
·
para faros.
·
e) Cadmio: Vehículos homologados antes del 1 de julio de 2012 y piezas de recambio para esos vehículos.
·
X
·
Pastas de película gruesa 15.b) Tubos fluorescentes usados en indicadores del salpicadero.
·
Vehículos homologados antes del 1 de julio de 2007. 2012 y piezas de recambio para esos vehículos.
·
Baterías para vehículos eléctricos (*) X
·
31 de diciembre de 2005. Cadmio
·
16. Baterías para vehículos eléctricos.
·
Después de esta fecha, la comercialización de baterias de NiCd sólo se autorizará en forma de piezas Piezas de recambio para vehículos comercializados que hayan salido al mercado antes del 31 de esa fecha. diciembre de 2008.
·
·
(1) Desmontaje obligatorio si, en correlación con los componentes eléctricos que contengan plomo en piezas matrices de vidrio o cerámica, excepto el vidrio de faros y bujías de encendido, la rúbrica 10.a), se supera un umbral medio de 60 gramos por vehículo. Para la aplicación de esta cláusula no se tendrán en cuenta los dispositivos electrónicos no instalados por el fabricante en la cadena de producción.
(2) Esta exención se revisará en 2015.
(3) Esta exención se revisará en 2014.
(4) Esta exención se revisará antes del 1 de enero de 2012.
(5)
Desmontaje obligatorio si, en correlación con la soldaduras de paneles de circuitos electrónicos y otras aplicaciones eléctricas, las rúbricas 8.a) a 8.j), se supera un umbral medio de 60 gramos por vehículo. Para la aplicación de esta cláusula no se tendrán en cuenta los dispositivos electrónicos no instalados por el fabricante en la cadena de producción.
Notas:
a) – Se tolerará un valor de concentración máximo de hasta el 0,1 por 100 % en peso y por material homogéneo de plomo, cromo hexavalente y mercurio, y de hasta un 0,01 por 100 % en peso por material homogéneo con respecto al cadmio, siempre que esas sustancias no hayan sido introducidas de forma intencionada. Se entenderá por «introducción intencionada» la utilización deliberada de una sustancia en la formulación de un material o componente cuando se desea su presencia constante en el producto final para conferirle una característica, apariencia o cualidad determinada. La utilización de materiales reciclados para la fabricación de nuevos productos no se considerará introducción intencionada, aun cuando una parte de los materiales reciclados pueda contener metales regulados.
b) Se tolerará asimismo un valor de concentración máximo de hasta 0,4 por 100 en peso de plomo contenido en el aluminio, siempre que no haya sido introducido de forma intencionada.
c) Se tolerará hasta el 1 de julio de 2007 un valor de concentración máximo de hasta el 0,4 por 100 en peso de plomo contenido en el cobre destinado a productos de fricción para forros de frenos, siempre que no se haya introducido de forma intencionada.
cadmio.
d) – Se autoriza sin limitación la reutilización de partes piezas de vehículos que ya se comercializaban comercializaran antes de la fecha de vencimiento consignada para cada excepción.
e) Hasta
de una exención, puesto que en este caso no se aplica el artículo 3.a).
– Las piezas de recambio comercializadas después del
1 de julio de 2007, las piezas 2003 y que se utilicen en vehículos que hayan salido al mercado antes del 1 de recambio nuevas destinadas a reparar partes julio de vehículos 2003 quedan exentas de lo dispuesto establecido en el artículo 3.a), disfrutarán también de las mismas excepciones. los artículos 3, apartado a) y en la disposición transitoria primera (*).
(*)
Esta cláusula se aplica a las piezas de recambio y no a los componentes destinados al mantenimiento normal de vehículos. No se aplica aplicará a los contrapesos de equilibrado de ruedas, a las escobillas de carbón para motores eléctricos ni a los forros de frenos puesto que esos componentes son objeto de anotaciones específicas.
Los materiales señalados con un asterisco en el apartado anterior se marcarán o identificarán, para que puedan ser retirados antes de someter el vehículo a otro tratamiento.
freno.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de diciembre de 2016 En vigor BOE-A-2016-11739 Leer Qué cambió
22 de enero de 2014 BOE-A-2014-591 Leer Qué cambió
29 de febrero de 2012 BOE-A-2012-2829 Leer Qué cambió
23 de enero de 2003 Texto original Leer

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