LexTotal

Legislación › Ley 16/2003, de 24 de marzo, sobre publicidad institucional.

Artículo 6. Lenguas de redacción.

Artículo 6. Lenguas de redacción.

Para el uso del castellano o de alguna de las modalidades lingüísticas aragonesas, la publicidad institucional regulada en esta Ley se ajustará a lo dispuesto en la normativa vigente.

← Artículo 5 Índice Artículo 7 →