Legislación › Ley 17/2003, de 24 de marzo, por la que se regula la organización de las enseñanzas artísticas superiores en Aragón.
Disposición adicional séptima. Retribuciones complementarias de los órganos directivos unipersonales.
Disposición adicional séptima. Retribuciones complementarias de los órganos directivos unipersonales.
El Gobierno acordará las retribuciones complementarias de los órganos directivos unipersonales de los centros superiores de enseñanzas artísticas, que tendrán una cuantía congruente con la posición de estos centros en el conjunto del sistema educativo.
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