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Ley 17/2003, de 24 de marzo, por la que se regula la organización de las enseñanzas artísticas superiores en Aragón.
En vigor Comunidad Autónoma de Aragón · Publicada el 7 de mayo de 2003 · Último cambio el 31 de diciembre de 2012 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Finalidad.
- TÍTULO II
- Artículos 3 a 20.
- CAPÍTULO I
- Artículo 3. Creación, naturaleza jurídica y régimen jurídico.
- Artículo 4. Finalidad.
- Artículo 5. Funciones.
- Artículo 6. De la relación entre el Instituto Aragonés de Enseñanzas Artísticas Superiores y los centros superiores de enseñanzas artísticas.
- Artículo 7. Convenios con otras instituciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 8. Estructura orgánica.
- Artículo 9. Del Presidente.
- Artículo 10. Del Director.
- Artículo 11. De la composición del Consejo de Dirección.
- Artículo 12. De las funciones del Consejo de Dirección.
- Artículo 13. Relaciones con las Cortes de Aragón.
- Artículo 14. Gratuidad de los cargos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 15. Recursos humanos.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 16. Recursos económicos.
- Artículo 17. Patrimonio.
- Artículo 18. Presupuesto.
- Artículo 19. Intervención.
- Artículo 20. Tesorería.
- TÍTULO III
- Artículo 21. Órganos de los centros superiores de enseñanzas artísticas.
- Artículo 22. Autonomía en la gestión económica de los centros superiores.
- Artículo 23. Evaluación de la calidad de la actividad docente e investigadora.
- Artículo 24. Actividades profesionales.
- Artículo 25. Estudios de perfeccionamiento profesional.
- TÍTULO IV
- Artículo 26. Del Consejo Aragonés de Enseñanzas Artísticas.
- Artículo 27. Composición.
- Artículo 28. Competencias.
- Artículo 29. Informe sobre el estado de las enseñanzas artísticas.
- Disposición adicional primera. Escuelas de Artes.
- Disposición adicional segunda. Propuesta de integración en el Instituto Aragonés de Enseñanzas Artísticas Superiores de determinados centros de titularidad municipal.
- Disposición adicional tercera. Variaciones en la estructura orgánica.
- Disposición adicional cuarta. Aprobación de los estatutos del Instituto Aragonés de Enseñanzas Artísticas Superiores.
- Disposición adicional quinta. Constitución del Consejo Aragonés de Enseñanzas Artísticas.
- Disposición adicional sexta. Medios personales y materiales del Instituto.
- Disposición adicional séptima. Retribuciones complementarias de los órganos directivos unipersonales.
- Disposición adicional octava. Equivalencia de titulaciones.
- Disposición adicional novena. Régimen de horarios docentes y desempeño de funciones docentes en más de un centro superior de enseñanzas artísticas.
- Disposición adicional décima. Centros superiores de enseñanzas artísticas que impartan varias titulaciones.
- Disposición adicional undécima. Actividad de investigación.
- Disposición adicional duodécima. De las becas y otras ayudas para los estudiantes de los centros superiores de enseñanzas artísticas.
- Disposición adicional decimotercera. Convenio con la Universidad de Zaragoza.
- Disposición final primera. Habilitación reglamentaria.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
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