Legislación › Ley 17/2003, de 24 de marzo, por la que se regula la organización de las enseñanzas artísticas superiores en Aragón.
Artículo 16. Recursos económicos.
Artículo 16. Recursos económicos.
Constituyen los recursos económicos del Instituto Aragonés de Enseñanzas Artísticas Superiores:
a) Los que le sean asignados con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
b) Los productos y rentas de toda índole procedentes de sus bienes y derechos.
c) Los ingresos ordinarios y extraordinarios que legalmente esté autorizado a percibir.
d) Las subvenciones, legados y aportaciones voluntarias de entidades y particulares.
e) Los créditos que se transfieran conjuntamente con servicios procedentes de otras Administraciones públicas.


