Legislación › Ley 17/2003, de 24 de marzo, por la que se regula la organización de las enseñanzas artísticas superiores en Aragón.
Disposición adicional novena. Régimen de horarios docentes y desempeño de funciones docentes en más de un centro superior de enseñanzas artísticas.
Disposición adicional novena. Régimen de horarios docentes y desempeño de funciones docentes en más de un centro superior de enseñanzas artísticas.
El Gobierno desarrollará reglamentariamente lo previsto en la legislación básica con relación a las obligaciones docentes del profesorado de los centros superiores de enseñanzas artísticas, incluyéndose la posibilidad de que, dentro del cumplimiento de sus obligaciones establecidas, desempeñen funciones en más de un centro superior de enseñanzas artísticas bajo los principios de eficacia y economía en la utilización de los medios personales docentes y de compatibilidad de horarios.
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