LexTotal

Legislación › Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Illes Balears.

Disposición adicional decimosegunda. Sistemas de selección.

Disposición adicional decimosegunda. Sistemas de selección.

1. La selección de personal estatutario fijo se hará con carácter general por el sistema de concurso-oposición por medio de una convocatoria publicada en el “Butlletí Oficial de les Illes Balears”.

2. Se puede utilizar el sistema de oposición en los supuestos previstos por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, por medio de una convocatoria publicada en el “Butlletí Oficial de les Illes Balears”.

3. Se puede utilizar el sistema de concurso baremado cuando las peculiaridades de las tareas específicas que deban desarrollarse o el nivel de calificación lo aconsejen. En todo caso, se puede utilizar este sistema cuando se trate de cubrir plazas básicas de las categorías de personal estatutario de los artículos 6.2.a) y 7.2.a) de la citada Ley 55/2003.

Se añade por la disposición final 39.1 de la Ley 4/2026, de 11 de junio. BOE-A-2026-15579

← Disposición adicional décimoprimera Índice Disposición adicional decimotercera →