Legislación › Ley 5/2003, de 20 de marzo, de parejas de hecho de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 11. Régimen de prestaciones sociales.
Artículo 11. Régimen de prestaciones sociales.
Se entenderá equiparada la pareja de hecho al matrimonio y el conviviente al cónyuge en toda la normativa de servicios y prestaciones sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.


