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Legislación › Ley 5/2003, de 20 de marzo, de parejas de hecho de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 11. Régimen de prestaciones sociales.

Artículo 11. Régimen de prestaciones sociales.

Se entenderá equiparada la pareja de hecho al matrimonio y el conviviente al cónyuge en toda la normativa de servicios y prestaciones sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

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