Legislación › Ley 3/2003, de 24 de marzo, de la Sindicatura de Cuentas.
Artículo 33. Estatuto personal.
Artículo 33. Estatuto personal.
El Secretario General está sometido al mismo régimen de incompatibilidades y de causas de abstención y recusación establecidos para los Síndicos y tendrá derecho a las remuneraciones que figuren en los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para los Secretarios Generales Técnicos.
Se modifica por el art. único.5 de la Ley autonómica 3/2006, de 10 de marzo. BOE-A-2006-8044.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de marzo de 2006 En vigor | BOE-A-2006-8044 | Leer | Qué cambió |
| 23 de abril de 2003 | Texto original | Leer |


