Legislación › Ley 4/2003, de 24 de marzo, de declaración del Parque Natural de Ponga.
Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda.
La Reserva Natural Parcial de Peloño y demás espacios naturales que, en su caso, se declaren dentro del ámbito geográfico del Parque natural se regirán por su normativa específica y en lo no contemplado en ella se regirán conforme a lo previsto en la normativa del Parque natural.
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