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Legislación › Ley 4/2003, de 7 de abril, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Cataluña.

Artículo 36. Carta de servicio públicos.

Artículo 36. Carta de servicio públicos.

La Generalidad debe establecer, previo informe del Consejo de Seguridad de Cataluña, la Carta de servicios públicos de seguridad, que debe reunir los derechos y deberes de los ciudadanos en este ámbito, de acuerdo con la legislación vigente.

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