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Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
En vigor Comunidad Autónoma del Principado de Asturias · Publicada el 31 de mayo de 2004 · Último cambio el 27 de diciembre de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo único. Objeto de la norma.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Firma
- TEXTO
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto del Texto Refundido.
- Artículo 2. Definiciones básicas.
- Artículo 3. Integración espacial de las acciones administrativas.
- Artículo 4. Fines de la actividad urbanística.
- Artículo 5. Facultades urbanísticas.
- Artículo 6. Función pública y formas de gestión urbanística.
- Artículo 7. Participación ciudadana.
- TÍTULO I
- Artículo 8. Administración urbanística actuante.
- Artículo 9. Órganos urbanísticos y de ordenación del territorio del Principado de Asturias.
- Artículo 10. Delegación de competencias urbanísticas en los concejos.
- Artículo 11. Ejercicio de las competencias urbanísticas municipales.
- Artículo 12. Jurado de Expropiación del Principado de Asturias.
- Artículo 13. Sociedades urbanísticas. 2 redacciones · cambió el 11/05/2017
- Artículo 14. Colaboración entre las Administraciones con competencias urbanísticas.
- Artículo 15. Coordinación interadministrativa.
- Artículo 16. Procedimiento de coordinación interadministrativa. 2 redacciones · cambió el 03/12/2021
- Artículo 16 bis. Procedimiento de coordinación de informes sectoriales autonómicos.
- Artículo 17. Actuaciones promovidas por el Principado de Asturias.
- Artículo 18. Actuaciones promovidas por la Administración General del Estado. 2 redacciones · cambió el 10/11/2004
- Artículo 19. Actuaciones urbanísticas concertadas.
- Artículo 20. Espacios de gestión integrada.
- TÍTULO II
- Artículo 21. Derecho a la información urbanística.
- Artículo 22. Reglas para la información pública.
- Artículo 23. Registro de Planeamiento y Gestión Urbanística del Principado de Asturias.
- Artículo 24. Cédula y certificados urbanísticos.
- TÍTULO III
- Artículo 25. Instrumentos de ordenación del territorio.
- Artículo 26. Instrumentos de ordenación urbanística.
- Artículo 27. Vinculación entre la ordenación urbanística y la ordenación del territorio.
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 28. Objetivo general.
- Artículo 29. Relaciones con otras actuaciones públicas.
- Artículo 30. Clases.
- Artículo 31. Determinaciones de las Directrices Regionales y Subregionales.
- Artículo 32. Determinaciones de las Directrices Sectoriales.
- Artículo 33. Documentación.
- Sección 2
- Artículo 34. Objetivo general.
- Artículo 35. Determinaciones.
- Artículo 36. Ámbito de aplicación.
- Artículo 37. Eficacia de los programas de actuación territorial.
- Sección 3
- Artículo 38. Objetivo general.
- Artículo 39. Vinculación y relación con otras actuaciones públicas.
- Sección 4
- Artículo 40. Objetivo general.
- Artículo 41. Vinculación del planeamiento.
- Sección 5
- Artículo 42. Objetivo general.
- Artículo 43. Clases.
- Artículo 44. Ámbito de aplicación.
- Artículo 45. Determinaciones.
- Sección 6ª
- Artículo 45 bis. Compatibilidad urbanística en las autorizaciones y licencias ambientales. 2 redacciones · cambió el 24/03/2023
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 46. Iniciación y elaboración.
- Artículo 47. Tramitación y aprobación.
- Artículo 48. Vigencia, revisión y modificación.
- Artículo 49. Competencias de otras instituciones.
- Sección 2
- Artículo 50. Iniciación.
- Artículo 51. Elaboración y aprobación.
- Artículo 52. Vigencia y revisión.
- Sección 3
- Artículo 53. Elaboración y aprobación.
- Sección 4
- Artículo 54. Formación y aprobación.
- Sección 5
- Artículo 55. Principios generales.
- CAPÍTULO III
- Artículo 56. Objetivos generales del planeamiento urbanístico.
- Sección 1
- Artículo 57. Principios generales.
- Artículo 58. Objeto del planeamiento general.
- Artículo 59. Determinaciones de carácter general.
- Artículo 60. Determinaciones de carácter específico en suelo urbano.
- Artículo 61. Determinaciones de carácter específico en suelo no urbanizable.
- Artículo 62. Determinaciones de carácter específico en suelo urbanizable.
- Artículo 63. Determinaciones relativas al uso comercial y de servicios.
- Artículo 64. Determinaciones relativas al uso industrial.
- Artículo 65. Documentación.
- Sección 2
- Artículo 66. Planes Parciales.
- Artículo 67. Planes Especiales.
- Artículo 68. Planes Especiales de Protección.
- Artículo 69. Planes Especiales de Reforma Interior.
- Artículo 70. Estudios de Detalle.
- Artículo 71. Estudios de Implantación. 2 redacciones · cambió el 03/12/2021
- Artículo 72. Catálogos urbanísticos.
- Sección 3
- Artículo 73. Criterios de ordenación.
- Artículo 74. Usos específicos en las áreas urbanísticas concertadas.
- Sección 4 2 redacciones · cambió el 10/11/2004
- Artículo 74 bis. Conveniencia de la ordenación especial.
- Artículo 74 ter. Suelos de procedencia.
- Artículo 74 quáter. Procedimiento para la ordenación especial.
- Sección 5
- Artículo 75. Ordenanzas Municipales de Edificación y Urbanización.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 76. Apoyo a la redacción de los instrumentos de ordenación urbanística.
- Artículo 77. Suspensión del otorgamiento de licencias.
- Artículo 78. Información pública previa a la elaboración de los instrumentos de ordenación urbanística.
- Sección 2
- Artículo 79. Ámbito de la iniciativa privada y competencias administrativas.
- Artículo 80. Procedimiento aplicable a los instrumentos de ordenación urbanística y a los proyectos de urbanización de iniciativa particular.
- Artículo 81. Planes de iniciativa particular en suelo urbanizable prioritario.
- Artículo 82. Planes de iniciativa particular en suelo urbanizable no prioritario.
- Artículo 83. Contenido de los Planes Parciales de iniciativa particular.
- Sección 3
- Artículo 84. Elaboración.
- Subsección 1ª
- Artículo 85. Planes Generales de Ordenación intermunicipales.
- Subsección 2ª
- Artículo 86. Aprobación inicial e información pública de los Planes Generales de Ordenación.
- Artículo 87. Aprobación definitiva de los Planes Generales de Ordenación en caso de delegación de la competencia autonómica.
- Artículo 88. Aprobación definitiva del Plan General de Ordenación en los demás casos.
- Subsección 3ª
- Artículo 89. Tramitación de los Planes Parciales y de los Planes Especiales que desarrollen un Plan General de Ordenación.
- Artículo 90. Tramitación de los Planes Especiales municipales que no desarrollen un Plan General de Ordenación y de los Estudios de Implantación. 2 redacciones · cambió el 10/11/2004
- Subsección 4ª
- Artículo 91. Tramitación de los Planes Parciales y de los Planes Especiales en las Actuaciones Urbanísticas Concertadas.
- Subsección 5ª
- Artículo 91 bis. Actuaciones previas. 2 redacciones · cambió el 30/12/2006
- Artículo 91 ter. Tramitación del plan especial y del proyecto de urbanización.
- Artículo 91 quáter. Garantías de la ejecución del planeamiento. 2 redacciones · cambió el 31/12/2009
- Subsección 6ª
- Artículo 92. Tramitación de los Estudios de Detalle.
- Artículo 93. Aprobación de Catálogos urbanísticos.
- Artículo 94. Aprobación de las Ordenanzas Municipales de Edificación y Urbanización.
- Subsección 7ª
- Artículo 95. Excepciones al silencio administrativo positivo.
- Artículo 96. Deber de información.
- Artículo 97. Publicación de los instrumentos de ordenación urbanística.
- CAPÍTULO V
- Artículo 98. Vigencia.
- Artículo 99. Revisión de los Planes Generales de Ordenación.
- Artículo 100. Revisión del Programa de actuación.
- Artículo 101. Modificación de los instrumentos de ordenación urbanística.
- Artículo 102. Suspensión de planeamiento urbanístico.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 103. Ejecutividad.
- Artículo 104. Declaración de utilidad pública.
- Artículo 105. Obligatoriedad.
- Artículo 106. Usos y obras provisionales.
- Artículo 107. Construcciones e instalaciones fuera de ordenación.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 108. Naturaleza y efectos.
- Artículo 109. Adaptación al entorno.
- Artículo 110. Terrenos próximos a la costa.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 111. Régimen jurídico.
- Artículo 112. Clases de suelo.
- Artículo 113. Suelo urbano.
- Artículo 114. Suelo urbano consolidado y no consolidado.
- Artículo 115. Suelo no urbanizable.
- Artículo 116. Suelo urbanizable.
- CAPÍTULO II
- Artículo 117. Principios generales.
- Sección 1
- Artículo 118. Derechos y deberes de los propietarios de suelo urbano consolidado.
- Artículo 119. Derechos y deberes de los propietarios de suelo urbano no consolidado.
- Artículo 120. Autorización anticipada de usos industriales y terciarios.
- Sección 2
- Subsección 1
- Artículo 121. Régimen del suelo no urbanizable.
- Artículo 122. Categorías de suelo no urbanizable.
- Artículo 123. Clases de usos en suelo no urbanizable.
- Artículo 124. Usos para vivienda.
- Artículo 125. Segregaciones o divisiones de fincas.
- Artículo 126. Condiciones de la edificación.
- Artículo 127. Realización de actividades al servicio de las obras públicas.
- Artículo 128. Actividades, equipamientos o dotaciones de interés público o social.
- Artículo 129. Usos industriales.
- Artículo 130. Usos agrícolas y ganaderos.
- Subsección 2
- Artículo 131. Autorización previa.
- Artículo 132. Procedimiento.
- Subsección 3
- Artículo 133. Delimitación.
- Artículo 134. Zona de protección específica. 2 redacciones · cambió el 10/11/2004
- Artículo 135. Determinaciones sobre los usos.
- Subsección 4
- Artículo 136. Núcleos rurales.
- Artículo 137. Requisitos para la delimitación de núcleos rurales.
- Artículo 138. Condiciones de la edificación.
- Sección 3
- Artículo 139. Régimen del suelo urbanizable antes de la aprobación del planeamiento de desarrollo.
- Artículo 140. Derechos y deberes de los propietarios de suelo urbanizable en transformación. 2 redacciones · cambió el 10/11/2004
- Sección 4
- Artículo 141. Deberes derivados de la normativa sectorial.
- Artículo 142. Deberes legales de uso, conservación y rehabilitación.
- Artículo 143. Límite del deber de conservación y rehabilitación.
- Artículo 144. Ayudas públicas para la conservación y rehabilitación de las edificaciones.
- Artículo 145. Transmisión de fincas y deberes urbanísticos. 2 redacciones · cambió el 10/11/2004
- Artículo 146. Declaración de obra nueva.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 147. Contenido y titularidad de la gestión urbanística.
- Artículo 148. Presupuestos jurídicos de las actuaciones de urbanización y edificación.
- Artículo 149. Planeamiento exigible para ejecutar actuaciones de gestión.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 150. Requisitos de los polígonos y unidades de actuación.
- Artículo 151. Procedimiento para la delimitación de polígonos y unidades de actuación y subdivisión de sectores.
- Artículo 152. Cómputo de la superficie de los terrenos en orden a la adopción de acuerdos.
- Artículo 153. Sistemas de actuación.
- Artículo 154. Elección del sistema de actuación.
- Artículo 155. Polígonos o unidades de actuación con exceso de aprovechamiento real.
- Artículo 156. Polígonos o unidades de actuación con aprovechamiento real inferior al susceptible de apropiación.
- Artículo 157. Aprovechamiento correspondiente a los bienes de dominio público.
- Artículo 158. Gastos de urbanización.
- Artículo 159. Proyectos de Urbanización.
- Sección 2
- Artículo 160. Urbanización a cargo de los propietarios. 2 redacciones · cambió el 10/11/2004
- Artículo 161. Actuación en caso de vencimiento del plazo. 2 redacciones · cambió el 10/11/2004
- Artículo 162. Proyecto de Actuación Prioritario.
- Artículo 163. Contenido de los Proyectos de Actuación Prioritarios.
- Artículo 164. Procedimiento de aprobación de los Proyectos de Actuación Prioritarios.
- Artículo 165. Tramitación paralela del planeamiento urbanístico y del Proyecto de Actuación Prioritario. 2 redacciones · cambió el 10/11/2004
- Artículo 166. Derechos y obligaciones del urbanizador.
- Artículo 167. Relaciones entre el urbanizador y los propietarios.
- Artículo 168. Potestades de la Administración.
- Artículo 169. Intervención sustitutoria de la Administración del Principado de Asturias.
- Artículo 170. Modificación de la calificación del sector.
- Sección 3
- Subsección 1
- Artículo 171. Características del sistema de compensación.
- Artículo 172. Proyecto de Actuación.
- Artículo 173. Incorporaciones y expropiaciones.
- Artículo 174. Procedimiento conjunto.
- Artículo 175. Junta de Compensación.
- Artículo 176. Proyecto de Compensación.
- Artículo 177. Transmisiones.
- Artículo 178. Responsabilidad.
- Subsección 2
- Artículo 179. Funcionamiento del sistema de cooperación.
- Artículo 180. Distribución y pago de los gastos de urbanización.
- Artículo 181. Suspensión del otorgamiento de licencias.
- Subsección 3
- Artículo 182. La expropiación forzosa como sistema de actuación.
- Artículo 183. Formas de gestión.
- Artículo 184. Requisitos de la aplicación del sistema de expropiación.
- Artículo 185. Usos y construcciones.
- Artículo 186. Liberación de expropiaciones.
- Artículo 187. Procedimiento de tasación conjunta.
- Artículo 188. Bienes de dominio público y expropiación.
- Sección 4
- Artículo 189. Parcelación urbanística.
- Artículo 190. Reparcelación urbanística. Concepto y funciones.
- Artículo 191. Procedimiento para la reparcelación.
- Artículo 192. Reglas para la reparcelación.
- Artículo 193. Efectos del acuerdo aprobatorio de la reparcelación.
- Artículo 194. Extinción o transformación de derechos y cargas. Inscripción de la reparcelación.
- Sección 5
- Artículo 195. Recepción de las obras de urbanización.
- Artículo 196. Conservación de las obras de urbanización. 2 redacciones · cambió el 27/12/2024
- CAPÍTULO III
- Artículo 197. Gestión del suelo urbano consolidado.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 198. Obtención de terrenos destinados a dotaciones locales incluidos en polígonos o unidades de actuación.
- Artículo 199. Obtención de terrenos destinados a dotaciones locales no incluidos en polígonos o unidades de actuación.
- Artículo 200. Obtención de terrenos destinados a dotaciones públicas situados en núcleos rurales.
- Artículo 201. Obtención de los terrenos afectos a sistemas generales.
- Artículo 202. Obtención de los terrenos mediante expropiación.
- Artículo 203. Ocupación directa.
- CAPÍTULO V
- Artículo 204. Deber de edificar los solares. 2 redacciones · cambió el 10/11/2004
- Artículo 205. Plazo para edificar o rehabilitar. 2 redacciones · cambió el 10/11/2004
- Artículo 206. Consecuencias del incumplimiento de los deberes de edificar o rehabilitar.
- Artículo 207. Actuación directa y a través de una sociedad urbanística.
- Artículo 208. Actuación a través de un agente edificador.
- Artículo 209. Concurrencia de distintas iniciativas.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 210. Clases de convenios.
- Artículo 211. Contenido.
- Artículo 212. Eficacia real.
- Artículo 213. Procedimiento y publicidad.
- Artículo 214. Normas aplicables a los convenios urbanísticos.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 215. Tipos.
- Artículo 216. Naturaleza y bienes integrantes.
- Artículo 217. Destino. 2 redacciones · cambió el 10/11/2004
- Artículo 218. Gestión. 2 redacciones · cambió el 10/11/2004
- CAPÍTULO II
- Artículo 219. Objetivos e instrumentos
- Sección 1
- Artículo 220. Delimitación de áreas sujetas a los derechos de tanteo y retracto.
- Artículo 221. Instrumentos y procedimiento de delimitación.
- Artículo 222. Obligaciones de los propietarios afectados por la delimitación.
- Artículo 223. Reservas regionales de suelo. 2 redacciones · cambió el 11/05/2017
- Artículo 224. Pago del justiprecio y adjudicación de las parcelas resultantes. 2 redacciones · cambió el 10/11/2004
- Artículo 225. Delimitación de áreas de tanteo y retracto sobre viviendas de protección pública.
- Sección 2
- Artículo 226. Derecho de superficie. 2 redacciones · cambió el 10/11/2004
- Artículo 227. Derecho de readquisición preferente.
- TÍTULO VII
- Artículo 228. Licencia urbanística. 2 redacciones · cambió el 03/12/2021
- Artículo 228 bis. Declaración responsable en materia de urbanismo.
- Artículo 228 ter. Régimen y efectos de las declaraciones responsables urbanísticas.
- Artículo 229. Procedimiento. 3 redacciones · cambió el 03/12/2021
- Artículo 230. Comunicación al Principado de Asturias.
- Artículo 231. Contenido de la licencia. 2 redacciones · cambió el 10/11/2004
- Artículo 232. Licencia urbanística y suministro de electricidad, agua, gas y telefonía.
- Artículo 233. Órdenes de ejecución.
- Artículo 234. Ruina. 2 redacciones · cambió el 10/11/2004
- Artículo 235. Amenaza de ruina física inminente.
- TÍTULO VIII
- Artículo 236. Paralización de actuaciones en curso sin licencia.
- Artículo 237. Actuación del Principado de Asturias en caso de inactividad municipal.
- Artículo 238. Actuaciones en curso sin ajustarse a las condiciones de la licencia u orden de ejecución.
- Artículo 239. Ejecutoriedad del acuerdo de suspensión.
- Artículo 240. Legalización de obras sin licencia.
- Artículo 241. Actuaciones terminadas sin licencia u orden de ejecución o sin ajustarse a sus determinaciones.
- Artículo 242. Suspensión y revisión de licencias ilegales.
- Artículo 243. Actuación municipal en caso de inactividad de los particulares.
- Artículo 244. Restauración de la realidad física alterada.
- Artículo 245. Derrumbamientos en núcleos históricos o áreas de interés cultural.
- Artículo 246. Actuación del Principado de Asturias en caso de inactividad municipal.
- TÍTULO IX
- Artículo 247. Definición de infracciones urbanísticas y compatibilidad con otras medidas.
- Artículo 248. Clasificación y tipificación de las infracciones urbanísticas. Infracciones continuadas y permanentes.
- Artículo 249. Responsables.
- Artículo 250. Sanciones.
- Artículo 251. Tipos específicos de infracciones y sanciones.
- Artículo 252. Procedimiento sancionador.
- Artículo 253. Circunstancias modificativas de la responsabilidad.
- Artículo 254. Órganos competentes.
- Artículo 255. Plazo de prescripción de infracciones.
- TÍTULO X
- Artículo 256. Funciones y competencias.
- Artículo 257. Ejercicio de las funciones de inspección.
- Artículo 258. Actas de inspección urbanística.
- Disposición adicional única. Jurado de Expropiación del Principado de Asturias.
- Disposición transitoria primera. Aplicación de este Texto Refundido al planeamiento urbanístico en vigor. 2 redacciones · cambió el 10/11/2004
- Disposición transitoria segunda. Aplicación de este Texto Refundido al planeamiento urbanístico y territorial en tramitación.
- Disposición transitoria tercera. Actuaciones urbanísticas sistemáticas en ejecución.
- Disposición transitoria cuarta. Edificación y rehabilitación forzosa.
- Disposición transitoria quinta. Jurado de Expropiación del Principado de Asturias.
- Disposición transitoria sexta. Catálogos urbanísticos.
- Disposición transitoria séptima. Concejos carentes de planeamiento urbanístico general.
- Disposición final primera. Normalización y tratamiento informático de las licencias urbanísticas.
- Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario y actualización de cuantías.


