LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

Artículo 26. Instrumentos de ordenación urbanística.

Artículo 26. Instrumentos de ordenación urbanística.

1. La ordenación urbanística de los concejos se realizará a través de Planes Generales de Ordenación.

2. Los Planes Generales de Ordenación se desarrollarán, según los casos, mediante Planes Parciales, Planes Especiales y Estudios de Detalle.

3. Los Catálogos urbanísticos, los Estudios de implantación y las Ordenanzas Municipales de Edificación y Urbanización contribuirán a la correcta integración de la ordenación urbanística del territorio y, en su caso, completarán la establecida por el planeamiento.

← Artículo 25 Índice Artículo 27 →