Legislación › Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones cunícolas.
Disposición transitoria tercera. Calificación de las explotaciones existentes.
Disposición transitoria tercera. Calificación de las explotaciones existentes.
Se concederá un plazo de 18 meses, a partir de la aprobación del programa sanitario básico por la autoridad competente, para la calificación de las explotaciones de selección, multiplicación y los centros de inseminación artificial.
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