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Legislación › Real Decreto 1554/2004, de 25 de junio, por el se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Disposición adicional quinta. Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de junio de 2004 y la del 30 de junio de 2008. Tachado: lo que se quitó (61 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional quinta. Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información.
El titular de la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, en atención a las características específicas de esta Dirección General, de conformidad con lo previsto en el artículo 18.2 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, no será preciso que ostente la condición de funcionario. (Anulada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de junio de 2008 En vigor BOE-A-2008-11041 Leer Qué cambió
26 de junio de 2004 Texto original Leer

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