Legislación › Orden APA/2086/2004, de 22 de junio, por la que se designan los puertos para el desembarque de más de dos toneladas de merluza del norte procedentes de determinadas zonas del Consejo Internacional de Exploración del Mar.
ANEXO ÚNICO
ANEXO ÚNICO
Lista de puertos designados
Los puertos designados para los desembarques de merluza del norte que superen las dos toneladas, son los siguientes:
Pasaia.
Ondárroa.
Santander.
Santoña.
Avilés.
Gijón.
Celeiro.
Burela.
A Coruña.
Cedeira.
Cariño.
Vigo.
Marín.
Ribeira.
Se modifica por el apartado 1 y anexo de la Resolución de 31 de octubre de 2005. BOE-A-2005-18757
Se modifica por el apartado 1 y anexo de la Resolución de 21 de junio de 2005. BOE-A-2005-11958
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de noviembre de 2005 En vigor | BOE-A-2005-18757 | Leer | Qué cambió |
| 11 de julio de 2005 | BOE-A-2005-11958 | Leer | Qué cambió |
| 30 de junio de 2004 | Texto original | Leer |


