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Legislación › Ley 5/2004, de 24 de junio, de prevención y lucha contra los incendios forestales en Extremadura.

Disposición adicional segunda. Registro de Agrupaciones de Prevención y Extinción de Incendios Forestales.

Disposición adicional segunda. Registro de Agrupaciones de Prevención y Extinción de Incendios Forestales.

Se crea el Registro de Agrupaciones de Prevención y Extinción de Incendios Forestales, integrado en la Consejería de Desarrollo Rural y gestionado por la Dirección General de Desarrollo e Infraestructuras Rurales, y cuyo funcionamiento se determinará reglamentariamente.

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