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Ley 5/2004, de 24 de junio, de prevención y lucha contra los incendios forestales en Extremadura.
En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 17 de julio de 2004 · Último cambio el 31 de marzo de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Incendios forestales.
- Artículo 3. Zona de Influencia Forestal.
- Artículo 4. Uso, disfrute y explotación de los terrenos forestales.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Zonas de Alto Riesgo de Incendios o de Protección Preferente.
- Artículo 6. Épocas de Peligro.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 7. Competencias de la Comunidad Autónoma. 2 redacciones · cambió el 26/03/2015
- Artículo 8. Competencias de las Entidades Locales.
- Artículo 9. Cooperación interadministrativa.
- CAPÍTULO II
- Artículo 10. Personal directivo de los Planes INFOEX y PREIFEX. 2 redacciones · cambió el 17/04/2019
- CAPÍTULO III
- Artículo 11. Obligaciones generales.
- Artículo 12. Obligaciones de los propietarios y titulares de derechos.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 13. Colaboración de particulares y entidades sociales.
- Artículo 14. Agrupaciones de Prevención y Extinción de Incendios Forestales.
- Artículo 15. Grupos Municipales o Mancomunados de Pronto Auxilio y equivalentes.
- Artículo 16. Adscripción.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 17. Definición.
- Artículo 18. Instrumentos de planificación.
- Sección primera
- Artículo 19. Obligatoriedad.
- Artículo 20. Vigencia y revisión.
- Artículo 21. Efectos. 2 redacciones · cambió el 26/03/2015
- Sección segunda
- Artículo 22. Objeto y ámbito.
- Artículo 23. Contenido.
- Artículo 24. Aprobación.
- Sección tercera
- Artículo 25. Objeto y ámbito.
- Artículo 26. Contenido.
- Artículo 27. Aprobación.
- Sección cuarta
- Artículo 28. Objeto y ámbito.
- Artículo 29. Contenido.
- Artículo 30. Elaboración y aprobación.
- Sección quinta
- Artículo 31. Objeto y ámbito.
- Artículo 32. Contenido.
- Artículo 33. Elaboración y aprobación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 34. Deberes relativos a la prevención de incendios forestales.
- Artículo 35. Instrumentos de gestión.
- CAPÍTULO III
- Artículo 36. Actuaciones de los propietarios y titulares de derechos.
- Artículo 37. Otras actuaciones.
- Artículo 38. Actuación subsidiaria. 3 redacciones · cambió el 31/03/2023
- CAPÍTULO IV
- Artículo 39. Usos y actividades prohibidos.
- Artículo 40. Usos y actividades sometidos a autorización previa.
- Artículo 41. Uso del fuego fuera de terrenos forestales.
- Artículo 42. Vertederos, vías de comunicación y conducciones eléctricas.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 43. Instrumentos.
- Sección primera
- Artículo 44. Obligatoriedad.
- Artículo 45. Vigencia y revisión.
- Artículo 46. Efectos.
- Sección segunda
- Artículo 47. Objeto y ámbito.
- Artículo 48. Contenido.
- Artículo 49. Elaboración y aprobación.
- Sección tercera
- Artículo 50. Objeto y ámbito.
- Artículo 51. Contenido.
- Artículo 52. Elaboración y aprobación.
- Sección cuarta
- Artículo 53. Objeto.
- Artículo 54. Contenido.
- Artículo 55. Elaboración y aprobación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 56. Comunicación.
- Artículo 57. Adopción de medidas.
- Artículo 58. Competencias.
- Artículo 59. Participación de los propietarios y titulares de derechos.
- Artículo 60. Facultades de la Administración.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO ÚNICO
- Artículo 61. Calificación jurídica de los terrenos. 2 redacciones · cambió el 26/03/2015
- Artículo 62. Obligación de restauración. 2 redacciones · cambió el 26/03/2015
- Artículo 63. Registro de áreas incendiadas.
- Artículo 64. Enajenación de productos. 2 redacciones · cambió el 26/03/2015
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO ÚNICO
- Artículo 65. Creación y hecho imponible.
- Artículos 65 a 70.
- Artículo 66. Sujeto pasivo.
- Artículo 67. Importe de la tasa.
- Artículo 68. Devengo.
- Artículo 69. Exenciones y bonificaciones.
- Artículo 70. Gestión.
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO ÚNICO
- Artículo 71. Objeto.
- Artículo 72. Clases.
- Artículo 73. Beneficiarios.
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Artículo 74. Tipificación.
- Artículo 75. Calificación de las infracciones.
- Artículo 76. Infracciones muy graves.
- Artículo 77. Infracciones graves.
- Artículo 78. Infracciones leves.
- CAPÍTULO II
- Artículo 79. Sujetos responsables.
- Artículo 80. Reparación del daño e indemnizaciones.
- Artículo 81. Medidas complementarias.
- CAPÍTULO III
- Artículo 82. Criterios para la graduación de las sanciones. 2 redacciones · cambió el 26/03/2015
- Artículo 83. Sanciones.
- Artículo 84. Competencia sancionadora.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 85. Investigación y denuncia.
- Artículo 86. Medidas provisionales.
- Artículo 87. Plazo de resolución.
- Artículo 88. Prescripción.
- Disposición adicional primera. Actualización del importe de las multas.
- Disposición adicional segunda. Registro de Agrupaciones de Prevención y Extinción de Incendios Forestales.
- Disposición adicional tercera. Modificación de las tasas.
- Disposición transitoria primera. Plazo de implantación de la planificación de incendios en los terrenos forestales.
- Disposición transitoria segunda. Plazo de aplicación de la Tasa de Extinción de Incendios Forestales. 2 redacciones · cambió el 26/03/2015
- Disposición transitoria tercera. Vigencia del Decreto 54/1996, de 23 de abril.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitaciones. 2 redacciones · cambió el 31/03/2023
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- [Información relacionada]


