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Legislación › Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.

Artículo 22. Actuaciones previas.

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Artículo 22. Examen de la propuesta, pruebas y alegaciones. Actuaciones previas.
1. La Las personas o entidades vinculadas que pretendan solicitar a la Administración tributaria examinará la documentación referida en que determine el artículo 20 de este Reglamento, pudiendo requerir valor normal de los sujetos pasivos cuantos datos, informes, antecedentes y justificantes tengan relación con la propuesta.
Los sujetos pasivos podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite
mercado de audiencia, presentar las alegaciones y aportar los documentos y justificantes que estimen pertinentes.
2. Los sujetos pasivos
operaciones efectuadas entre ellas podrán proponer la práctica de las pruebas que entiendan pertinentes por cualquiera presentar una solicitud previa, cuyo contenido será el siguiente:
a) Identificación
de los medios admitidos en Derecho. Asimismo, la Administración tributaria podrá practicar las pruebas personas o entidades que estime necesarias. El resultado de la práctica de estas pruebas será comunicado vayan a los sujetos pasivos. Tanto la Administración tributaria como los sujetos pasivos podrán solicitar la emisión realizar las operaciones.
b) Descripción sucinta
de informes periciales que versen sobre el contenido las operaciones objeto del mismo.
c) Elementos básicos
de la propuesta de valoración formulada. que se pretenda formular.
3. Instruido el procedimiento, e inmediatamente antes de redactar 2. La Administración tributaria analizará la propuesta de resolución, se pondrá solicitud previa, pudiendo recabar de manifiesto a los sujetos pasivos, quienes dispondrán de un plazo de quince días para formular interesados las alegaciones aclaraciones pertinentes y presentar comunicará a los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. interesados la viabilidad o no del acuerdo previo de valoración.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de noviembre de 2008 En vigor BOE-A-2008-18543 Leer Qué cambió
7 de agosto de 2004 Texto original Leer

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