Legislación › Resolución de 16 de julio de 2004, de la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre determinación de funciones en materia de aplazamientos de pago de deudas, reintegros de prestaciones indebidamente percibidas, compensación, desistimiento, convenios o acuerdos en procedimientos concursales y anuncios de subastas en Boletines Oficiales.
Undécima. Instrucción adicional.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de agosto de 2004 y la del 21 de julio de 2005.
Tachado: lo que se quitó (47 palabras). Subrayado: lo que se añadió (50 palabras).
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Undécima. Instrucción derogatoria. adicional.
Queda derogada la Las referencias que en esta Resolución de 1 de marzo se hacen al Subdirector o Subdirectores de 1996, las Direcciones Provinciales de esta Dirección la Tesorería General, sobre reserva y determinación de funciones en materia de gestión recaudatoria, salvo lo dispuesto en el apartado 2 así como a los Directores de la Instrucción Quinta las Administraciones de la misma, que será de aplicación Seguridad Social, se entenderán efectuadas, cuando tales órganos no existan en una Dirección Provincial, a las propuestas de convenio presentadas hasta los órganos que en cada caso designe al respecto el 31 de agosto titular de 2004. la misma.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de febrero de 2016 En vigor | BOE-A-2016-1918 | Leer | Qué cambió |
| 22 de mayo de 2013 | BOE-A-2013-5316 | Leer | Qué cambió |
| 21 de julio de 2005 | BOE-A-2005-12460 | Leer | Qué cambió |
| 15 de agosto de 2004 | Texto original | Leer |


