Legislación › Orden FOM/2862/2004, de 30 de julio, por la que se aprueba el Reglamento de la Orden Civil del Mérito Postal y la Medalla al Mérito Filatélico.
Artículo 3. Número de condecoraciones.
Artículo 3. Número de condecoraciones.
El número máximo de condecoraciones que, salvo circunstancias excepcionales, se concederán anualmente será de dos Grandes Placas y cuatro Placas, sin que entren en dicho cómputo las que se otorguen a personalidades extranjeras o a título póstumo. La concesión de Medallas no tiene limitación de número.


