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Legislación › Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres.

Disposición adicional séptima.

Disposición adicional séptima.

La consellería competente en materia de igualdad de mujeres y hombres dispondrá de un sistema de evaluación de la eficacia y eficiencia de los recursos, servicios y procedimientos específicos para el desarrollo de las actuaciones previstas en la presente ley.

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