Legislación › Resolución de 21 de septiembre de 2004, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Decimotercero. Competencias y funciones de las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de febrero de 2013 y la del 16 de septiembre de 2013.
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Decimotercero. Competencia, estructura Competencias y funciones de las Administraciones de Aduanas. Aduanas e Impuestos Especiales.
1. Las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales se integran en la Delegación de la Agencia Tributaria de la provincia o demarcación territorial donde estén establecidas. En las Delegaciones Especiales cuyo ámbito territorial coincida con el de las Comunidades Autónomas uniprovinciales, uniprovinciales y en las que no exista Delegación de la Agencia, provincias sin Delegación, las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales se integran en las Delegaciones Especiales.
2. (Sin contenido). Las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales podrán extender sus competencias a todo el ámbito territorial de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria en la que se integren.
3. Las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales desarrollarán las funciones propias de la gestión aduanera y de impuestos especiales, en los términos que establezca le atribuya la normativa sobre organización y funciones en el ámbito Resolución de competencias 28 de los Departamentos julio de 1998, de la Presidencia de la Agencia Tributaria. Estatal de
4. La superior jefaturalas Administraciones Administración Tributaria, por la que se estructuran los Servicios de Aduanas corresponde al Administrador que, dependiendo del Delegado e Impuestos Especiales dependientes de la Agencia Tributaria, desarrollará las competencias Delegaciones Especiales y funciones que le atribuye el apartado Decimocuarto Delegaciones de la presente Resolución, Agencia Estatal de conformidad con las directrices establecidas por los Delegados Administración Tributaria y por los responsables demás disposiciones que le sean de las Dependencias aplicación.
4. Las Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales en son las Delegaciones. que se relacionan en el
5. EnAnexo 3 apartado III del anexo II de la presente Resolución se establece la distribución territorial de las Administraciones de Aduanas. Resolución.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de septiembre de 2013 En vigor | BOE-A-2013-9491 | Leer | Qué cambió |
| 25 de febrero de 2013 | BOE-A-2013-1695 | Leer | Qué cambió |
| 30 de septiembre de 2004 | Texto original | Leer |


