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Legislación › Real Decreto 1941/2004, de 27 de septiembre, por el que se establecen las normas de policía sanitaria que regulan los intercambios intracomunitarios y las importaciones de terceros países de animales de las especies ovina y caprina.

Artículo 20. Permanencia previa.

Artículo 20. Permanencia previa.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única.b) del Real Decreto 1085/2005, de 16 de septiembre. BOE-A-2005-15845

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de noviembre de 2005 En vigor BOE-A-2005-15845 Leer Qué cambió
2 de octubre de 2004 Texto original Leer

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