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Legislación › Real Decreto 1938/2004, de 27 de septiembre, por el que se establece el Programa nacional de control de los insectos vectores de los virus de los cultivos hortícolas.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

El programa que se aprueba y las medidas de él dimanantes serán de aplicación en las comunidades autónomas que hayan declarado la existencia de la plaga y establecido las medidas obligatorias correspondientes para desarrollar lo dispuesto en este real decreto.

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