Legislación › Real Decreto 1939/2004, de 27 de septiembre, por el que se regula la calificación sanitaria de las ganaderías de reses de lidia y el movimiento de los animales pertenecientes a éstas.
Disposición final tercera. Facultad de desarrollo.
Disposición final tercera. Facultad de desarrollo.
Se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para, en el ámbito de sus competencias, dictar las disposiciones precisas para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este real decreto, así como para modificar mediante orden sus anexos, para su adaptación a la normativa comunitaria.
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