Legislación › Orden ECI/3224/2004, de 21 de septiembre, por la que se establecen convalidaciones a efectos académicos entre determinadas enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales en el ámbito de la actividad física y del deporte con las correspondientes del bloque común de Técnicos Deportivos establecidas por el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre.
Octavo. Tramitación de los expedientes.
Octavo. Tramitación de los expedientes.
El proceso de convalidación al que se refiere la presente Orden en sus apartados primero, segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo, con sus correspondientes anexos, se iniciará, a petición de los interesados, al formalizar la matrícula en el centro público o privado que posea la autorización administrativa prevista en el artículo 35 del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, y seguirá el procedimiento que haya establecido la respectiva administración educativa competente.
Se modifica por el art. 1.1 de la Orden ECI/3830/2005, de 18 de noviembre. BOE-A-2005-20289.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de diciembre de 2005 En vigor | BOE-A-2005-20289 | Leer | Qué cambió |
| 9 de octubre de 2004 | Texto original | Leer |


