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Legislación › Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.

Artículo 58. Hecho imponible.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2004 y la del 18 de mayo de 2004. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

Artículo 58. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible el depósito de residuos radiactivos en vertederos públicos o privados situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2007 En vigor BOE-A-2007-887 Leer Qué cambió
5 de agosto de 2004 BOE-A-2004-14531 Leer Qué cambió
18 de mayo de 2004 BOE-A-2004-9245 Leer Qué cambió
1 de enero de 2004 Texto original Leer

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