LexTotal

Legislación › Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.

Artículo 59. Sujetos pasivos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de agosto de 2004 y la del 1 de enero de 2007. Tachado: lo que se quitó (15 palabras). Subrayado: lo que se añadió (16 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 59. Sujetos pasivos.
1. Son sujetos pasivos a título de contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica a que se refiere el artículo 33 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria o norma que le sustituya, Tributaria, que entreguen los residuos radiactivos en a un vertedero para su depósito.
2. Tendrán la consideración de sujetos pasivos como sustitutos del contribuyente las personas físicas o jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica a que se refiere el citado artículo 33 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria o norma que le sustituya, Tributaria, que sean titulares de la explotación de los vertederos de residuos radiactivos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2007 En vigor BOE-A-2007-887 Leer Qué cambió
5 de agosto de 2004 BOE-A-2004-14531 Leer Qué cambió
18 de mayo de 2004 BOE-A-2004-9245 Leer Qué cambió
1 de enero de 2004 Texto original Leer

← Artículo 58 bis Índice Artículo 60 →