Legislación › Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.
Artículo 97. Sujeto pasivo.
Artículo 97. Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten las actuaciones administrativas a que se refiere el hecho imponible de esta tasa.


