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Real Decreto 178/2004, de 30 de enero, por el que se aprueba el Reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley 9/2003, de 25 de abril, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente.
En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 31 de enero de 2004 · Último cambio el 19 de junio de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- Artículo único. Aprobación del Reglamento.
- Disposición adicional primera. Registro central. 5 redacciones · cambió el 19/06/2021
- Disposición adicional segunda. Repercusión económica. 2 redacciones · cambió el 23/07/2019
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Aplicación del Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad. 4 redacciones · cambió el 23/07/2019
- Disposición final segunda. Carácter básico.
- Disposición final tercera. Habilitación de desarrollo. 5 redacciones · cambió el 19/06/2021
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor
- Firma
- REGLAMENTO
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Técnicas que dan lugar a una modificación genética.
- Artículo 4. Definiciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Competencias de las Administraciones públicas. 3 redacciones · cambió el 23/07/2019
- Sección 1
- Artículo 6. Composición del Consejo. 5 redacciones · cambió el 19/06/2021
- Artículo 7. Funciones del Consejo. 5 redacciones · cambió el 19/06/2021
- Sección 2
- Artículo 8. Naturaleza y composición de la Comisión Nacional de Bioseguridad. 5 redacciones · cambió el 19/06/2021
- Artículo 9. Funciones. 2 redacciones · cambió el 27/03/2010
- Artículo 10. Funcionamiento de la Comisión. 2 redacciones · cambió el 27/03/2010
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 11. Concepto y delimitación.
- Artículo 12. Clasificación. 2 redacciones · cambió el 27/03/2010
- Artículo 13. Requisitos para la realización de actividades de utilización confinada.
- Artículo 14. Comunicación previa a la Administración.
- Artículo 15. Presentación de las comunicaciones. 2 redacciones · cambió el 27/03/2010
- Artículo 16. Comprobación por el órgano competente. 2 redacciones · cambió el 19/06/2021
- Artículo 17. Ejecución de las actividades comunicadas a la Administración.
- Artículo 18. Actividades sometidas a autorización expresa.
- Artículo 19. Resolución y notificación de las autorizaciones.
- Artículo 20. Planes de emergencia. 2 redacciones · cambió el 27/03/2010
- Artículo 21. Información y actuaciones en caso de accidente. 3 redacciones · cambió el 23/07/2019
- CAPÍTULO II
- Artículo 22. Concepto y ámbito de aplicación.
- Artículo 23. Solicitud de autorización. 2 redacciones · cambió el 19/06/2021
- Artículo 24. Presentación de la solicitud de autorización. 3 redacciones · cambió el 23/07/2019
- Artículo 25. Procedimiento. 3 redacciones · cambió el 19/06/2021
- Artículo 26. Resolución. 2 redacciones · cambió el 27/03/2010
- Artículo 27. Obligación de informar sobre las liberaciones. 2 redacciones · cambió el 27/03/2010
- Artículo 28. Procedimientos diferenciados. 2 redacciones · cambió el 27/03/2010
- Artículo 29. Procedimientos simplificado.
- CAPÍTULO III
- Artículo 30. Concepto.
- Artículo 31. Ámbito de aplicación.
- Artículo 32. Solicitud de autorización. 3 redacciones · cambió el 19/06/2021
- Artículo 33. Presentación de la solicitud de autorización. 3 redacciones · cambió el 23/07/2019
- Artículo 34. Procedimiento.
- Artículo 35. Intervención del Consejo interministerial de organismos modificados genéticamente en el procedimiento de autorización comunitario. 2 redacciones · cambió el 23/07/2019
- Artículo 36. Régimen de autorización.
- Artículo 37. Contenido de la autorización.
- Artículo 38. Plazo de validez.
- Artículo 39. Renovación de la autorización.
- Artículo 40. Presentación de la solicitud de renovación de la autorización. 3 redacciones · cambió el 23/07/2019
- Artículo 41. Procedimiento de renovación de la autorización.
- Artículo 42. Seguimiento.
- Artículo 43. Libre circulación y cláusula de salvaguardia.
- Artículo 44. Modificación de las condiciones de la comercialización en caso de nueva información.
- Artículo 45. Trazabilidad.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 46. Informaciones adicionales. 3 redacciones · cambió el 23/07/2019
- Artículo 47. Modificaciones en la actividad.
- Artículo 48. Confidencialidad. 2 redacciones · cambió el 19/06/2021
- Artículo 49. Información al público.
- Artículo 50. Etiquetado.
- Artículo 51. Obligación de información. 3 redacciones · cambió el 23/07/2019
- Artículo 52. Interrupción de plazos.
- Artículo 53. Silencio administrativo.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 54. Obligación de colaboración.
- Artículo 55. Agentes de la autoridad.
- Artículo 56. Obligaciones de los inspectores.
- CAPÍTULO II
- Artículo 57. Infracciones.
- Artículo 58. Responsabilidad.
- CAPÍTULO III
- Artículo 59. Sanciones.
- Artículo 60. Competencias sancionadoras. 5 redacciones · cambió el 19/06/2021
- Artículo 61. Criterios de graduación.
- Artículo 62. Medidas cautelares.
- Artículo 63. Medidas de carácter provisional.
- Artículo 64. Obligación de reponer, multas coercitivas y ejecución subsidiaria.
- Artículo 65. Normas de procedimiento y prescripción. 2 redacciones · cambió el 23/07/2019
- Disposición adicional única. Medidas para evitar la contaminación transfronteriza derivada del cultivo de OMG a los Estados miembros vecinos en los que esté prohibido el cultivo de esos OMG. 2 redacciones · cambió el 23/07/2019
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- ANEXO V A
- ANEXO V B
- ANEXO VI
- ANEXO VII
- ANEXO VIII
- ANEXO IX
- ANEXO X
- ANEXO XI
- [Información relacionada]


