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Legislación › Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Vivienda de la Comunidad Valenciana.

Disposición adicional sexta. Fianzas de arrendamientos.

Disposición adicional sexta. Fianzas de arrendamientos.

Las disposiciones incluidas en el título II, capítulo V, de la presente Ley serán de aplicación a las fianzas de arrendamientos de inmuebles para uso distinto al de vivienda sujetos a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. En tales casos, se deberá prestar una fianza en metálico en cantidad equivalente a dos mensualidades de renta.

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