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Legislación › Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales.

Disposición derogatoria.

Disposición derogatoria.

Quedan derogados los artículos 2 y 3 de la Ley Orgánica 2/1996, de 15 de enero, complementaria de la Ley de ordenación del comercio minorista, y el artícu­lo 43 del Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, de medidas urgentes de intensificación de la competencia en mercados de bienes y servicios, así como cualquier disposición anterior que resulte contraria a la misma.

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