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Legislación › Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005.

ANEXO X

ANEXO X

Cuantía a incluir en la paga extraordinaria de los miembros de la Carrera Judicial y de la Carrera Fiscal, de los Secretarios Judiciales y del personal al servicio de la Administración Judicial

Miembros de la Carrera Judicial

Grupo de

poblacion

Cuantía a incluir

en cada paga

extraordinaria

–

Euros

Presidente de la Audiencia Nacional (no Magistrado del Tribunal Supremo)

1

884,38

Presidentes de Sala de la Audiencia Nacional (no Magistrados del Tribunal Supremo)

1

717,27

Magistrado de la Audiencia Nacional (no Magistrado del Tribunal Supremo)

1

717,27

Magistrado del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo

1

717,27

Presidente del Tribunal Superior de Justicia

1

717,27

Presidentes de Sala y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia

1

717,27

Presidentes y Magistrados de Audiencia Provincial

1

707,17

Jueces Centrales y Magistrados de los órganos unipersonales

1

606,25

Presidente del Tribunal Superior de Justicia

2

707,66

Presidentes de Sala y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia

2

648,91

Presidentes y Magistrados de Audiencia Provincial

2

638,84

Magistrados de los órganos unipersonales

2

537,92

Presidente del Tribunal Superior de Justicia

3

698,48

Presidentes de Sala y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia

3

627,34

Presidentes y Magistrados de Audiencia Provincial

3

617,27

Magistrados de los órganos unipersonales

3

516,32

Presidentes y Magistrados de Audiencia Provincial

4

571,28

Magistrados de los órganos unipersonales

4

470,36

Jueces

5

381,56

Miembros de la Carrera Fiscal

Grupo de población

Cuantía a incluir

en cada paga extraordinaria

–

Euros

Fiscales de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional

1

717,27

Fiscales de la Fiscalía del Tribunal Supremo

1

717,27

Fiscales de la Fiscalía ante la Audiencia Nacional

1

717,27

Fiscal Jefe en el Tribunal Superior de Justicia

1

717,27

Teniente Fiscal del Tribunal Superior de Justicia

1

717,27

Fiscales de la Fiscalía ante el Tribunal de Cuentas

1

717,27

Fiscales de la Fiscalía General del Estado

1

717,27

Fiscales y Abogados Fiscales de la Fiscalía Especial de prevención y represión del tráfico ilegal de drogas

1

717,27

Fiscales y Abogados Fiscales de la Fiscalía Especial para la represión de los delitos económicos relacionados con la corrupción

1

717,27

Resto de Fiscales de segunda categoría salvo coordinadores

1

606,25

Fiscales coordinadores

1

689,76

Fiscal Jefe en el Tribunal Superior de Justicia

2

707,66

Teniente Fiscal en el Tribunal Superior de Justicia

2

648,91

Fiscales Jefes y Tenientes Fiscales de la Audiencia Provincial

2

638,84

Resto de Fiscales de segunda categoría salvo coordinadores

2

537,92

Fiscales coordinadores

2

621,46

Fiscal Jefe en el Tribunal Superior de Justicia

3

698,48

Teniente Fiscal del Tribunal Superior de Justicia

3

627,34

Fiscales Jefe y Tenientes Fiscales de la Audiencia Provincial

3

617,27

Resto de Fiscales de segunda categoría salvo coordinadores

3

516,32

Fiscales coordinadores

3

599,86

Fiscales Jefe y Tenientes Fiscales de Audiencia Provincial

4

571,28

Resto de destinos correspondientes a la segunda categoría de Fiscales, salvo coordinadores

4

470,36

Fiscales coordinadores

4

553,86

Resto de destinos correspondientes a la tercera categoría de fiscales

5

381,56

Secretarios Judiciales

Grupo

conforme

al anexo II.1 R.D.1130/2003

Cuantía a incluir en cada paga extraordinaria

–

Euros

Secretarios del Tribunal Supremo

1

601,63

Secretario de Gobierno de la Audiencia Nacional

1

601,63

Secretarios de la Audiencia Nacional

1

570,76

Secretarios del Tribunal Superior de Justicia

1

570,76

Secretario de órgano unipersonal, de órganos no jurisdiccionales y Registros Civiles y de Juzgados Centrales

1

505,21

Secretarios del Tribunal Superior de Justicia

2

513,84

Secretario coordinador provincial y Secretario de la Audiencia Provincial

2

506,5

Secretario de órgano unipersonal, órganos no jurisdiccionales y Registros Civiles

2

448,26

Secretarios del Tribunal Superior de Justicia

3

498,75

Secretario coordinador provincial y Secretario de la Audiencia Provincial

3

491,41

Secretario órgano unipersonal, órganos no jurisdiccionales y Registros Civiles

3

433,18

Secretario coordinador provincial y Secretario de la Audiencia Provincial

4

489,02

Resto de destinos correspondientes a la segunda categoría de Secretarios Judiciales

4

430,79

Destinos correspondientes a la tercera categoría de Secretarios Judiciales

5

312,46

Medicos Forenses y Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología

y Ciencias Forenses

Grupo

conforme

artículo 7.º

R.D. 1909/2000

Cuantía a incluir

en cada paga extraordinaria

–

Euros

Director del Instituto de Toxicología

I

478,01

Director del Instituto de Medicina Legal de Madrid o Barcelona, o Institutos con competencias pluriprovinciales

I

478,01

Director de Institutos de Medicina Legal con competencias pluriprovinciales

II

467,30

Director de Institutos de Medicina Legal con competencias pluriprovinciales

III

456,59

Director de Departamento de Institutos de Toxicología

I

456,59

Director de Departamento de Institutos de Toxicología

II

445,88

Director de Institutos de Medicina Legal con competencias uniprovinciales o de ámbito inferior

II

445,88

Director de Institutos de Medicina Legal con competencias uniprovinciales o de ámbito inferior

III

435,17

Subdirector de Instituto de Medicina Legal de Madrid o Barcelona y Director con competencias pluriprovinciales

I

456,59

Subdirector de Institutos de Medicina Legal con competencias pluriprovinciales

II

445,88

Subdirector de Institutos de Medicina Legal con competencias pluriprovinciales

III

435,17

Subdirector de Institutos de Medicina Legal con competencias uniprovinciales o de ámbito inferior.

II

424,46

Subdirector de Institutos de Medicina Legal con competencias uniprovinciales o de ámbito inferior

III

413,78

Jefaturas de Servicio de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología y sus Departamentos

I

435,17

Jefaturas de Servicio de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología y sus Departamentos

II

424,46

Jefaturas de Servicio de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología y sus Departamentos

III

413,78

Jefaturas de Sección de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología

I

413,78

Jefaturas de Sección de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología

II

403,04

Jefaturas de Sección de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología

III

392,33

Médicos Forenses y Técnicos Facultativos del Instituto de Toxicología

I

349,49

Médicos Forenses y Técnicos Facultativos del Instituto de Toxicología

II

338,81

Médicos Forenses y Técnicos Facultativos del Instituto de Toxicología

III

328,07

Médicos Forenses en Registros Civiles (R.D. 181/1993, de 9 de febrero, D.A. 2.ª)

I

80,36

Médicos Forenses en Registros Civiles (R.D. 181/93, de 9 de febrero, D.A. 2.ª)

II

58,91

Médicos Forenses en Registros Civiles (R.D. 181/93, de 9 de febrero, D.A 2.ª)

III

48,20

Personal al servicio de la Administración de Justicia

Grupo

conforme

al artículo 7.º R.D. 1909/2000

Cuantía a incluir en cada paga extraordinaria

–

Euros

Cuerpo o Escala de Gestión procesal y administrativa.

I

II

III

IV

235,14

219,84

212,19

204,57

Cuerpo o Escala de Tramitación Procesal y Administrativa.

I

II

III

IV

214,73

199,39

191,74

184,09

Cuerpo o Escala de Auxilio Judicial.

I

II

III

IV

183,91

168,64

160,99

153,34

Cuerpo o Escala de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

I

II

III

235,14

219,84

212,19

Cuerpo o Escala de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

I

II

III

214,73

199,39

191,74

Secretarios de Paz (a extinguir).

IV

255,67

Médicos Forenses con régimen transitorio de integración y retributivo

Grupo conforme

al artículo 7.º

R.D. 1909/2000

Cuantía a incluir en cada paga extraordinaria

–

Euros

Director regional de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense (en agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por Magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo).

I

II

III

455,18

444,47

433,76

Director regional de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense (en agrupaciones no incluidas en el apartado anterior).

I

II

III

444,47

433,76

423,08

Director provincial de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense (en agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por Magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo).

I

II

III

433,76

423,08

412,37

Director provincial de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense (en agrupaciones no incluidas en el apartado anterior).

I

II

III

423,08

412,37

401,66

Jefe de servicio de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense (en agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por Magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo).

I

II

III

412,37

401,66

390,95

Jefe de servicio de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense (en agrupaciones no incluidas en el apartado anterior).

I

II

III

401,66

390,95

380,24

Jefe de Sección de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense (en agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por Magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo).

I

II

III

390,95

380,24

369,50

Jefe de Sección de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense (en agrupaciones no incluidas en el apartado anterior).

I

II

III

380,24

369,50

358,79

Médico Forense (en agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por Magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo).

I

II

III

348,11

337,40

326,69

Médico Forense (en agrupaciones no incluidas en el apartado anterior).

I

II

III

337,40

326,69

315,98

Régimen de jornada normal

 

 

Director regional de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense.

I

II

III

310,63

299,92

289,21

Director provincial de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense.

I

II

III

289,21

278,50

267,79

Jefe de servicio de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense.

I

II

III

267,79

257,04

246,33

Jefe de Sección de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense.

I

II

III

246,33

235,62

224,95

Médicos Forenses.

I

II

III

203,53

192,82

182,07

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