Legislación › Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario.
Disposición adicional decimotercera. Publicación en el Boletín Oficial del Estado de las resoluciones que aprueben o modifiquen la declaración sobre la red.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2005 y la del 31 de octubre de 2020.
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Disposición adicional decimotercera. Publicación en el Boletín Oficial del Estado de las resoluciones que aprueben o modifiquen la declaración sobre la red.
Las resoluciones del administrador de infraestructuras ferroviarias por las que se apruebe, actualice o modifique la declaración sobre la red, serán remitidas al Director General de Ferrocarriles, que ordenará su publicación en el Boletín Oficial del Estado. (Suprimida).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de octubre de 2020 En vigor | BOE-A-2020-13115 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2005 | Texto original | Leer |
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