Legislación › Ley 7/2003, de 12 de noviembre, de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia.
CAPÍTULO III
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de mayo de 2004 y la del 8 de junio de 2025.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras).
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CAPÍTULO III
De las autorizaciones excepcionales y declaraciones responsables de carácter excepcional a las medidas de protección de los recursos cinegéticos y piscícolas piscícolas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de junio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-90130 | Leer | Qué cambió |
| 10 de mayo de 2004 | Texto original | Leer |


