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Legislación › Orden TAS/471/2004, de 26 de febrero, por la que se dictan normas para la aplicación de las bonificaciones de cuotas establecidas por el apartado 2 de la disposición adicional trigésima del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, respecto de empresas y trabajadores por cuenta propia de las ciudades de Ceuta y Melilla.

Artículo 1. Objetivos.

Artículo 1. Objetivos.

1. Los objetivos de la presente Orden son procurar el mantenimiento y estimular la creación de empleo en las Ciudades de Ceuta y Melilla, en concreto en los Sectores de Comercio, Hostelería, Turismo y en la mayoría de las ramas de la Industria.

2. El cumplimiento de dichos objetivos se entenderá realizado cuando la evolución de los datos de afiliación a la Seguridad Social respecto de los trabajadores en alta, los de bonificaciones y los de contratación, en los sectores a los que la medida va dirigida, así como las tasas de actividad, empleo y paro, referidos a Ceuta y Melilla, converjan en términos relativos con los correspondientes datos agregados a nivel nacional.

Se modifica el apartado 2 por el art. 3 de la Orden TIN/530/2010, de 5 de marzo. BOE-A-2010-3903.

Se modifica el apartado 2 por el art. 3 de la Orden TAS/710/2008, de 7 de marzo. BOE-A-2008-5068.

Se modifica por el art. 3 de la Orden TAS/856/2006, de 21 de marzo. BOE-A-2006-5511.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de marzo de 2010 En vigor BOE-A-2010-3903 Leer Qué cambió
18 de marzo de 2008 BOE-A-2008-5068 Leer Qué cambió
29 de marzo de 2006 BOE-A-2006-5511 Leer Qué cambió
1 de marzo de 2004 Texto original Leer

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