Legislación › Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior.
Disposición adicional tercera. Recursos humanos y materiales.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de septiembre de 2004 y la del 1 de septiembre de 2004. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Disposición adicional tercera. Recursos humanos y materiales.
El funcionamiento de los comités a que se refiere este real decreto se atenderá con los medios humanos y materiales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, sin que, en ningún caso, suponga incremento de gasto público.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de septiembre de 2004 En vigor | BOE-A-2004-15616 | Leer | Qué cambió |
| 4 de septiembre de 2004 | Texto original | Leer |
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