Legislación › Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Disposición adicional séptima. Aplicación a las comunidades autónomas uniprovinciales.
Disposición adicional séptima. Aplicación a las comunidades autónomas uniprovinciales.
Las previsiones establecidas en esta ley para las diputaciones provinciales serán de aplicación a las comunidades autónomas uniprovinciales, en tanto no se opongan a lo establecido en su Estatuto de Autonomía.
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