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Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En vigor Ministerio de Hacienda · Publicada el 9 de marzo de 2004 · Último cambio el 7 de octubre de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- Artículo único. Aprobación del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Disposición adicional primera. Remisiones normativas.
- Disposición adicional segunda. Régimen especial de los municipios de gran población.
- Disposición transitoria primera. Regulación anterior a 1 de enero de 2004.
- Disposición transitoria segunda. Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
- Disposición transitoria tercera. Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Firma
- TEXTO
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 2. Enumeración de los recursos de las entidades locales.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Definición.
- Artículo 4. Régimen jurídico.
- Artículo 5. Limitación de destino.
- CAPÍTULO III
- SECCIÓN 1
- Artículo 6. Principios de tributación local.
- Artículo 7. Delegación.
- Artículo 8. Colaboración.
- Artículo 9. Beneficios fiscales, régimen y compensación.
- Artículo 10. Recargos e intereses de demora.
- Artículo 11. Infracciones y sanciones tributarias.
- Artículo 12. Gestión.
- Artículo 13. Consultas.
- Artículo 14. Revisión de actos en vía administrativa.
- SECCIÓN 2
- Artículo 15. Ordenanzas fiscales.
- Artículo 16. Contenido de las ordenanzas fiscales.
- Artículo 17. Elaboración, publicación y publicidad de las ordenanzas fiscales.
- Artículo 18. Interesados a los efectos de reclamar contra acuerdos provisionales.
- Artículo 19. Recurso contencioso administrativo.
- SECCIÓN 3
- Subsección 1
- Artículo 20. Hecho imponible. 8 redacciones · cambió el 04/12/2025
- Artículo 21. Supuestos de no sujeción y de exención.
- Artículo 22. Compatibilidad con las contribuciones especiales.
- Subsección 2
- Artículo 23. Sujetos pasivos.
- Subsección 3
- Artículo 24. Cuota tributaria. 3 redacciones · cambió el 04/12/2025
- Artículo 25. Acuerdos de establecimiento de tasas: informe técnico-económico. 3 redacciones · cambió el 31/03/2015
- Artículo 26. Devengo.
- Artículo 27. Gestión.
- SECCIÓN 4
- Subsección 1
- Artículo 28. Hecho imponible.
- Artículo 29. Obras y servicios públicos locales.
- Subsección 2
- Artículo 30. Sujeto pasivo.
- Subsección 3
- Artículo 31. Base imponible.
- Subsección 4
- Artículo 32. Cuota tributaria.
- Artículo 33. Devengo.
- Subsección 5
- Artículo 34. Acuerdos de imposición y de ordenación.
- Artículo 35. Gestión y recaudación.
- Subsección 6
- Artículo 36. Colaboración ciudadana.
- Artículo 37. Asociación administrativa de contribuyentes.
- SECCIÓN 5
- Artículo 38. Impuestos y recargos.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 39. Participaciones en los tributos del Estado y de las comunidades autónomas.
- CAPÍTULO V
- Artículo 40. Subvenciones.
- CAPÍTULO VI
- SECCIÓN 1
- Artículo 41. Concepto.
- Artículo 42. Servicios y actividades excluidas.
- SECCIÓN 2
- Artículo 43. Obligados al pago.
- SECCIÓN 3
- Artículo 44. Cuantía.
- Artículo 45. Gestión.
- SECCIÓN 4
- Artículo 46. Cobro.
- SECCIÓN 5
- Artículo 47. Fijación.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 48. Ámbitos subjetivo y objetivo.
- Artículo 48 bis. Principio de prudencia financiera.
- Artículo 49. Finalidad, instrumentos y garantías reales y financieras. 3 redacciones · cambió el 11/09/2020
- Artículo 50. Inclusión de las operaciones de crédito en el presupuesto aprobado.
- Artículo 51. Operaciones de crédito a corto plazo.
- Artículo 52. Concertación de operaciones de crédito: régimen jurídico y competencias.
- Artículo 53. Operaciones de crédito a largo plazo: régimen de autorización. 2 redacciones · cambió el 24/12/2009
- Artículo 54. Operaciones de crédito a largo plazo de organismos autónomos y sociedades mercantiles.
- Artículo 55. Central de información de riesgos.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 56. Recursos de los municipios.
- CAPÍTULO II
- SECCIÓN 1
- Artículo 57. Tasas.
- SECCIÓN 2
- Artículo 58. Contribuciones especiales.
- SECCIÓN 3
- Subsección 1
- Artículo 59. Enumeración de impuestos.
- Subsección 2
- Artículo 60. Naturaleza.
- Artículo 61. Hecho imponible y supuestos de no sujeción. 3 redacciones · cambió el 28/12/2012
- Artículo 62. Exenciones. 2 redacciones · cambió el 28/12/2012
- Artículo 63. Sujeto pasivo. 5 redacciones · cambió el 05/03/2019
- Artículo 64. Afección real en la transmisión y responsabilidad solidaria en la cotitularidad.
- Artículo 65. Base imponible.
- Artículo 66. Base liquidable.
- Artículo 67. Reducción en base imponible. 2 redacciones · cambió el 05/07/2007
- Artículo 68. Duración y cuantía de la reducción. 3 redacciones · cambió el 30/10/2013
- Artículo 69. Valor base de la reducción. 2 redacciones · cambió el 30/10/2013
- Artículo 70. Cómputo del período de reducción en supuestos especiales.
- Artículo 71. Cuota íntegra y cuota líquida.
- Artículo 72. Tipo de gravamen. Recargo por inmuebles urbanos de uso residencial desocupados con carácter permanente y de alojamientos de uso turístico. 14 redacciones · cambió el 07/10/2026
- Artículo 73. Bonificaciones obligatorias.
- Artículo 74. Bonificaciones potestativas. 10 redacciones · cambió el 21/03/2026
- Artículo 75. Devengo y período impositivo.
- Artículo 76. Declaraciones y comunicaciones ante el Catastro Inmobiliario. 2 redacciones · cambió el 30/11/2006
- Artículo 77. Gestión tributaria del impuesto.
- Subsección 3
- Artículo 78. Naturaleza y hecho imponible.
- Artículo 79. Actividad económica gravada.
- Artículo 80. Prueba del ejercicio de actividad económica gravada.
- Artículo 81. Supuestos de no sujeción.
- Artículo 82. Exenciones. 2 redacciones · cambió el 10/07/2021
- Artículo 83. Sujetos pasivos.
- Artículo 84. Cuota tributaria.
- Artículo 85. Tarifas del impuesto.
- Artículo 86. Coeficiente de ponderación.
- Artículo 87. Coeficiente de situación.
- Artículo 88. Bonificaciones obligatorias y potestativas. 3 redacciones · cambió el 22/12/2021
- Artículo 89. Período impositivo y devengo.
- Artículo 90. Gestión tributaria del impuesto.
- Artículo 91. Matrícula del impuesto.
- Subsección 4
- Artículo 92. Naturaleza y hecho imponible.
- Artículo 93. Exenciones.
- Artículo 94. Sujetos pasivos.
- Artículo 95. Cuota.
- Artículo 96. Período impositivo y devengo.
- Artículo 97. Gestión tributaria del impuesto.
- Artículo 98. Autoliquidación.
- Artículo 99. Justificación del pago del impuesto. 2 redacciones · cambió el 30/11/2006
- Subsección 5
- Artículo 100. Naturaleza y hecho imponible. 3 redacciones · cambió el 27/12/2012
- Artículo 101. Sujetos pasivos. 3 redacciones · cambió el 27/12/2012
- Artículo 102. Base imponible, cuota y devengo.
- Artículo 103. Gestión tributaria del impuesto. 7 redacciones · cambió el 21/03/2026
- Subsección 6
- Artículo 104. Naturaleza y hecho imponible. Supuestos de no sujeción. 5 redacciones · cambió el 22/03/2022
- Artículo 105. Exenciones. 3 redacciones · cambió el 17/10/2014
- Artículo 106. Sujetos pasivos. 4 redacciones · cambió el 17/10/2014
- Artículo 107. Base imponible. 14 redacciones · cambió el 07/10/2026
- Artículo 108. Tipo de gravamen. Cuota íntegra y cuota líquida. 2 redacciones · cambió el 30/10/2013
- Artículo 109. Devengo.
- Artículo 110. Gestión tributaria del impuesto. 3 redacciones · cambió el 09/11/2021
- CAPÍTULO III
- SECCIÓN 1
- Artículo 111. Ámbito subjetivo.
- Artículo 112. Objeto de la cesión. 2 redacciones · cambió el 30/06/2012
- Artículo 113. Rendimientos sobre los que se aplicarán los porcentajes objeto de cesión. 2 redacciones · cambió el 30/06/2012
- Artículo 114. Revisión.
- SECCIÓN 2
- Artículo 115. Alcance de la cesión y puntos de conexión en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 2 redacciones · cambió el 30/06/2012
- Artículo 116. Alcance de la cesión y punto de conexión en el Impuesto sobre el Valor Añadido. 2 redacciones · cambió el 30/06/2012
- Artículo 117. Alcance de la cesión y punto de conexión en los Impuestos Especiales sobre fabricación. 2 redacciones · cambió el 30/06/2012
- CAPÍTULO IV
- SECCIÓN 1
- Artículo 118. Ámbito subjetivo.
- Artículo 119. Regla general para determinar la participación en el Fondo Complementario de Financiación.
- Artículo 120. Regla para determinar la participación en el Fondo Complementario de Financiación del año base.
- Artículo 121. Índice de evolución.
- SECCION 2
- Artículo 122. Ámbito subjetivo.
- Artículo 123. Determinación del importe total de la participación.
- Artículo 124. Distribución del importe total de la participación.
- Artículo 125. Municipios turísticos.
- SECCIÓN 3
- Artículo 126. Revisión.
- CAPÍTULO V
- Artículo 127. Precios públicos.
- CAPÍTULO VI
- SECCIÓN 1
- Artículo 128. Normas comunes.
- SECCIÓN 2
- Artículo 129. Prestación personal.
- SECCIÓN 3
- Artículo 130. Prestaciones de transporte.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 131. Recursos de las Provincias.
- CAPÍTULO II
- SECCIÓN 1
- Artículo 132. Tasas.
- SECCIÓN 2
- Artículo 133. Contribuciones especiales.
- SECCIÓN 3
- Artículo 134. Recargo de las Provincias sobre el Impuesto sobre Actividades Económicas.
- CAPÍTULO III
- SECCIÓN 1
- Artículo 135. Ámbito subjetivo.
- Artículo 136. Objeto de la cesión. 2 redacciones · cambió el 30/06/2012
- SECCIÓN 2
- Artículo 137. Alcance de la cesión y puntos de conexión en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 2 redacciones · cambió el 30/06/2012
- Artículo 138. Alcance de la cesión y punto de conexión en el Impuesto sobre el Valor Añadido. 2 redacciones · cambió el 30/06/2012
- Artículo 139. Alcance de la cesión y punto de conexión en los Impuestos Especiales sobre Fabricación. 2 redacciones · cambió el 30/06/2012
- CAPÍTULO IV
- SECCIÓN 1
- Artículo 140. Ámbito subjetivo.
- Artículo 141. Regla general para determinar la participación en el Fondo complementario de financiación.
- Artículo 142. Regla para determinar la participación en el Fondo Complementario de Financiación correspondiente al año base.
- Artículo 143. Índice de evolución.
- SECCIÓN 2
- Artículo 144. Financiación de la asistencia sanitaria.
- SECCIÓN 3
- Artículo 145. Ámbito subjetivo.
- Artículo 146. Determinación del importe de la participación.
- CAPÍTULO V
- Artículo 147. Subvenciones.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 148. Precios públicos.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 149. Otros recursos.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- SECCIÓN 1
- Artículo 150. Recursos de las entidades supramunicipales.
- Artículo 151. Contribuciones especiales.
- Artículo 152. Ingresos tributarios.
- SECCIÓN 2
- Artículo 153. Recursos de las áreas metropolitanas.
- SECCIÓN 3
- Artículo 154. Recursos de las entidades municipales asociativas.
- SECCIÓN 4
- Artículo 155. Recursos de las comarcas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 156. Recursos de las entidades de ámbito territorial inferior al municipio.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 157. Financiación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 158. Financiación.
- CAPÍTULO III
- Artículo 159. Financiación.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 160. Régimen financiero especial.
- CAPÍTULO V
- Artículo 161. Régimen financiero especial.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- SECCIÓN 1
- Artículo 162. Definición.
- Artículo 163. Ámbito temporal.
- Artículo 164. Contenido del presupuesto general.
- Artículo 165. Contenido de los presupuestos integrantes del presupuesto general.
- Artículo 166. Anexos al presupuesto general.
- Artículo 167. Estructura de los estados de ingresos y gastos. 2 redacciones · cambió el 27/06/2013
- Artículo 168. Procedimiento de elaboración y aprobación inicial. 2 redacciones · cambió el 30/12/2014
- Artículo 169. Publicidad, aprobación definitiva y entrada en vigor.
- Artículo 170. Reclamación administrativa: legitimación activa y causas.
- Artículo 171. Recurso contencioso-administrativo.
- SECCIÓN 2
- Artículo 172. Especialidad y limitación de los créditos.
- Artículo 173. Exigibilidad de las obligaciones, prerrogativas y limitación de los compromisos de gasto.
- Artículo 174. Compromisos de gasto de carácter plurianual.
- Artículo 175. Bajas por anulación de créditos.
- Artículo 176. Temporalidad de los créditos.
- Artículo 177. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
- Artículo 178. Créditos ampliables.
- Artículo 179. Transferencias de crédito: límites formales y competencia.
- Artículo 180. Transferencias de crédito: límites objetivos.
- Artículo 181. Generaciones de crédito.
- Artículo 182. Incorporaciones de crédito.
- SECCIÓN 3
- Artículo 183. Régimen jurídico.
- Artículo 184. Fases del procedimiento de gestión de los gastos.
- Artículo 185. Competencias en materia de gestión de gastos.
- Artículo 186. Ordenación de pagos.
- Artículo 187. Plan de disposición de fondos.
- Artículo 188. Responsabilidad personal.
- Artículo 189. Requisitos previos a la expedición de órdenes de pago.
- Artículo 190. Pagos a justificar. Anticipos de caja fija.
- Artículo 191. Cierre y liquidación del presupuesto.
- Artículo 192. Cierre y liquidación del presupuesto de organismos autónomos.
- Artículo 193. Liquidación del presupuesto con remanente de tesorería negativo. Remisión a otras Administraciones públicas.
- Artículo 193 bis. Derechos de difícil o imposible recaudación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 194. Definición y régimen jurídico.
- Artículo 195. Control y régimen contable.
- Artículo 196. Funciones.
- Artículo 197. Caja y cuentas bancarias.
- Artículo 198. Medios de ingreso y de pago.
- Artículo 199. Gestión de la tesorería.
- CAPÍTULO III
- SECCIÓN 1
- Artículo 200. Régimen jurídico.
- Artículo 201. Rendición de cuentas.
- Artículo 202. Ejercicio contable.
- Artículo 203. Competencia. 2 redacciones · cambió el 29/12/2021
- Artículo 204. Función contable de la Intervención.
- Artículo 205. Fines de la contabilidad pública local.
- Artículo 206. Soporte de las anotaciones contables.
- Artículo 207. Información periódica para el Pleno de la corporación.
- SECCIÓN 2
- Artículo 208. Formación de la cuenta general.
- Artículo 209. Contenido de la cuenta general de las entidades locales. 2 redacciones · cambió el 28/06/2017
- Artículo 210. Competencia.
- Artículo 211. Memorias que acompañan a la cuenta general.
- Artículo 212. Rendición, publicidad y aprobación de la cuenta general. 2 redacciones · cambió el 31/12/2020
- CAPÍTULO IV
- Artículo 213. Control interno. 2 redacciones · cambió el 30/12/2013
- Artículo 214. Ámbito de aplicación y modalidades de ejercicio de la función interventora.
- Artículo 215. Reparos.
- Artículo 216. Efectos de los reparos.
- Artículo 217. Discrepancias.
- Artículo 218. Informes sobre resolución de discrepancias. 2 redacciones · cambió el 30/12/2013
- Artículo 219. Fiscalización previa.
- Artículo 220. Ámbito de aplicación y finalidad del control financiero.
- Artículo 221. Control de eficacia.
- Artículo 222. Facultades del personal controlador.
- Artículo 223. Control externo.
- Disposición adicional primera. Potestad tributaria de las comunidades autónomas sobre materia imponible gravada por el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y por el Impuesto Municipal sobre Gastos Suntuarios, en su modalidad de aprovechamiento de cotos de caza y pesca.
- Disposición adicional segunda. Exigencia de tasa periódica como consecuencia de la variación del servicio o de la actividad que se realiza.
- Disposición adicional tercera. Beneficios fiscales.
- Disposición adicional cuarta. Deudas de las entidades locales con acreedores públicos: modo de compensación y responsabilidad.
- Disposición adicional quinta. Subvenciones a las entidades locales por servicios de transporte colectivo urbano. 2 redacciones · cambió el 04/12/2025
- Disposición adicional sexta. Actualización de la estructura de los presupuestos de las entidades locales.
- Disposición adicional séptima. Aplicación a las comunidades autónomas uniprovinciales.
- Disposición adicional octava. Régimen foral vasco. 2 redacciones · cambió el 30/12/2013
- Disposición adicional novena. Esfuerzo fiscal.
- Disposición adicional décima. Referencias en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Disposición adicional undécima. Entidades locales canarias.
- Disposición adicional duodécima. Aplicación temporal en el Impuesto sobre Actividades Económicas de las bonificaciones potestativas y de la exención contemplada en el artículo 82.1.b) de esta ley.
- Disposición adicional decimotercera. Adecuación de la ordenanza fiscal a los coeficientes previstos en el artículo 32.2 del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
- Disposición adicional decimocuarta. Notificaciones en los tributos periódicos.
- Disposición adicional decimoquinta. Gestión integrada o coordinada de servicios.
- Disposición adicional decimosexta. Inversión financieramente sostenible. 9 redacciones · cambió el 03/06/2026
- Disposición adicional decimoséptima. Obtención de información a efectos de la liquidación y recaudación de las tasas por el mantenimiento del servicio de prevención y extinción de incendios y de las contribuciones especiales por el establecimiento o ampliación de los servicios de extinción de incendios.
- Disposición transitoria primera. Régimen de los beneficios fiscales anteriores a la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
- Disposición transitoria segunda. Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- Disposición transitoria tercera. Beneficios fiscales en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. 2 redacciones · cambió el 04/07/2018
- Disposición transitoria cuarta. Beneficios fiscales en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Disposición transitoria quinta. Beneficios fiscales en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
- Disposición transitoria sexta. Impuesto Municipal sobre Gastos Suntuarios.
- Disposición transitoria séptima. Régimen financiero de Madrid y Barcelona.
- Disposición transitoria octava. Tributación de los bienes inmuebles de características especiales. 2 redacciones · cambió el 28/12/2004
- Disposición transitoria novena. Base liquidable de los bienes inmuebles rústicos.
- Disposición transitoria décima. Procedimientos en tramitación.
- Disposición transitoria undécima. Ordenanzas fiscales y plazos de aprobación del tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y de las ponencias de valores, de notificación de valores catastrales y de entrega de los padrones catastrales.
- Disposición transitoria duodécima. Determinación de la base liquidable del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. 7 redacciones · cambió el 30/12/2014
- Disposición transitoria decimotercera. Bonificaciones por inicio de actividad en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Disposición transitoria decimocuarta. Exenciones en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica derivadas del artículo 94 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, en su redacción anterior a la Ley 51/2002, de 27 de diciembre.
- Disposición transitoria decimoquinta. Tipos de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles por usos.
- Disposición transitoria decimosexta. Notificaciones.
- Disposición transitoria decimoséptima. Gestión censal e inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Disposición transitoria decimoctava. Régimen de base liquidable y de bonificación de determinados inmuebles en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. 2 redacciones · cambió el 30/11/2006
- Disposición transitoria decimonovena. Justificación del pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
- Disposición transitoria vigésima. Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
- Disposición transitoria vigésima primera. Aprobación de las ordenanzas fiscales para el ejercicio 2013.
- Disposición transitoria vigésima segunda. Consolidación de cuentas.
- Disposición final única. Potestad reglamentaria.


