Legislación › Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
Disposición adicional tercera. Modulación de las obligaciones.
Disposición adicional tercera. Modulación de las obligaciones.
Se habilita al Banco de España para modular las obligaciones recogidas en esta orden ministerial, atendiendo al tamaño y estructura de las entidades recogidas en el artículo 2.1, así como a su naturaleza, dimensión y complejidad de las actividades que desarrollan.
Téngase en cuenta que esta disposición añadida por la disposición final 2.2 del la Orden ECE/1263/2019, de 26 de diciembre. BOE-A-2019-18677, entra en vigor el 1 de julio de 2020, según determina su disposición final 6.
Se añade, con efectos de 1 de julio de 2020, por la disposición final 2.2 del la Orden ECE/1263/2019, de 26 de diciembre. BOE-A-2019-18677
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