Legislación › Orden PRE/921/2004, de 6 de abril, por la que se regula la valoración de la formación teórica y práctica y la experiencia como piloto adquiridas al servicio de las Fuerzas Armadas españolas para la obtención de los títulos y licencias requeridos a los pilotos de aviones civiles.
ANEXO 1
ANEXO 1
Equivalencias entre la formación teórica y práctica y la experiencia como piloto adquiridas por el personal militar de carrera piloto de avión militar al servicio de las Fuerzas Armadas españolas y la formación y experiencia exigidas para la obtención de los títulos, licencias y habilitaciones de piloto civil
1. Acreditación de los conocimientos teóricos y de la instrucción de vuelo:
1.1 Personal militar de carrera piloto de avión militar que completó su formación con anterioridad al año 2000:
1.1.1 La superación de la Enseñanza Militar de Formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales y a la Escala de Oficiales:
A) Para el título y licencia de piloto de transporte de línea aérea [ATPL (A)]:
|
Acredita |
Pendiente de superar |
|
Materias teóricas: |
Resto de materias teóricas. |
|
Meteorología. |
|
|
Principios de vuelo. |
|
|
Radiotelefonía. |
|
|
Instrucción en vuelo. |
Prueba de pericia en vuelo. |
B) Para el título y licencia de piloto comercial [CPL (A)]:
|
Acredita |
Pendiente de superar |
|
Materias teóricas: |
Resto de materias teóricas. |
|
Conocimiento general de las aeronaves. |
|
|
Principios de vuelo. |
|
|
Performance y planificación de vuelo |
|
|
Meteorología. |
|
|
Navegación. |
|
|
Radiotelefonía. |
|
|
Instrucción en vuelo. |
Prueba de pericia en vuelo. |
C) Para la habilitación de vuelo instrumental [IR (A)]:
|
Acredita |
Pendiente de superar |
|
Materias teóricas: |
Resto de materias teóricas. |
|
Conocimiento general de las aeronaves. |
|
|
Performance y planificación de vuelo. |
|
|
Meteorología. |
|
|
Navegación. |
|
|
Radiotelefonía. |
|
|
Instrucción en vuelo. |
Prueba de pericia en vuelo. |
D) Para el título y licencia de piloto privado [PPL (A)]:
|
Acredita |
Pendiente de superar |
|
Todas las materias teóricas. |
|
|
Instrucción en vuelo. |
Prueba de pericia en vuelo. |
1.1.2 La superación de las demás formaciones con tarjeta de vuelo militar correspondiente:
A) Para el título y licencia de piloto comercial [CPL (A)]:
|
Acredita |
Pendiente de superar |
|
Materias teóricas: |
Resto de materias teóricas. |
|
Conocimiento general de las aeronaves. |
|
|
Principios de vuelo. |
|
|
Performance y planificación de vuelo. |
|
|
Meteorología. |
|
|
Navegación. |
|
|
Radiotelefonía. |
|
|
Instrucción en vuelo. |
Prueba de pericia en vuelo. |
B) Para la habilitación de vuelo instrumental [IR (A)]:
|
Acredita |
Pendiente de superar |
|
Materias teóricas: |
Resto de materias teóricas. |
|
Conocimiento general de las aeronaves. |
|
|
Performance y planificación de vuelo. |
|
|
Meteorología. |
|
|
Navegación. |
|
|
Radiotelefonía. |
|
|
Instrucción en vuelo. |
Prueba de pericia en vuelo. |
C) Para el título y licencia de piloto privado [PPL (A)].
|
Acredita |
Pendiente de superar |
|
Todas las materias teóricas. |
|
|
Instrucción en vuelo. |
Prueba de pericia en vuelo. |
1.2 Personal militar de carrera piloto de avión militar con cursos, según programa JAR-FCL, finalizados en el año 2000 y sucesivos:
A) Para los títulos y licencias de piloto comercial [CPL (A)] y piloto de transporte de línea aérea [ATPL (A)]:
|
Acredita |
Pendiente de superar |
|
Todas las materias teóricas. |
|
|
Instrucción en vuelo. |
Prueba de pericia en vuelo. |
B) Para la habilitación de vuelo instrumental [IR (A)]:
|
Acredita |
Pendiente de superar |
|
Todas las materias teóricas. |
|
|
Instrucción en vuelo. |
Prueba de pericia en vuelo. |
C) Para el título y licencia de piloto privado [PPL (A)].
|
Acredita |
Pendiente de superar |
|
Todas las materias teóricas. |
|
|
Instrucción en vuelo. |
Prueba de pericia en vuelo. |
2. Acreditación de la experiencia de vuelo: La acreditación de la experiencia de vuelo se llevará a cabo, según la regla JAR-FCL 1.080 (c) (1), (2), (4) y (5) del Anexo de la Orden FOM/876/2003, de 31 de marzo, por la que se modifica parcialmente la Orden de 21 de marzo de 2000 por la que se adoptan los requisitos conjuntos de aviación para la tripulación de vuelo (JAR-FCL), relativos a las condiciones para el ejercicio de las funciones de los pilotos de los aviones civiles, sin perjuicio de las particularidades que resultan de lo dispuesto en esta Orden.


