Legislación › Orden PRE/921/2004, de 6 de abril, por la que se regula la valoración de la formación teórica y práctica y la experiencia como piloto adquiridas al servicio de las Fuerzas Armadas españolas para la obtención de los títulos y licencias requeridos a los pilotos de aviones civiles.
ANEXO 2
ANEXO 2
Personal militar de complemento piloto de avión militar
Equivalencias entre la formación teórica y práctica y la experiencia como piloto adquiridas al servicio de las Fuerzas Armadas españolas y la formación y experiencia exigidas para la obtención de los títulos, licencias y habilitaciones de piloto civil
1. Acreditación de los conocimientos teóricos y de la instrucción de vuelo:
1.1 Personal militar de complemento piloto de avión militar que finalizó sus cursos antes de 2003:
A) Para el título y licencia de piloto comercial [CPL (A)]:
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Acredita |
Pendiente de superar |
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Materias teóricas: |
Resto de materias teóricas. |
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Conocimiento general de las aeronaves. |
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Principios de vuelo. |
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Performance y planificación de vuelo. |
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Meteorología. |
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Navegación. |
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Radiotelefonía. |
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Instrucción en vuelo. |
Prueba de pericia en vuelo. |
B) Para la habilitación de vuelo instrumental [IR (A)]:
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Acredita |
Pendiente de superar |
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Materias teóricas: |
Resto de materias teóricas. |
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Conocimiento general de las aeronaves. |
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Performance y planificación de vuelo. |
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Meteorología. |
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Navegación. |
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Radiotelefonía. |
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Instrucción en vuelo. |
Prueba de pericia en vuelo. |
C) Para el título y licencia de piloto privado [PPL (A)].
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Acredita |
Pendiente de superar |
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Todas las materias teóricas. |
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Instrucción en vuelo. |
Prueba de pericia en vuelo. |
1.2 Personal militar de complemento piloto de avión militar con cursos, según programa JAR-FCL, finalizados en el año 2003 y sucesivos:
A) Para los títulos y licencias de piloto comercial [CPL (A)] y piloto de transporte de línea aérea [ATPL (A)]
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Acredita |
Pendiente de superar |
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Todas las materias teóricas. |
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Instrucción en vuelo. |
Prueba de pericia en vuelo. |
B) Para la habilitación de vuelo instrumental [IR (A)]
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Acredita |
Pendiente de superar |
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Todas las materias teóricas. |
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Instrucción en vuelo. |
Prueba de pericia en vuelo. |
C) Para el título y licencia de piloto privado [PPL (A)].
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Acredita |
Pendiente de superar |
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Todas las materias teóricas. |
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Instrucción en vuelo. |
Prueba de pericia en vuelo. |
2. Acreditación de la experiencia de vuelo: La acreditación de la experiencia de vuelo se llevará a cabo, según la regla JAR-FCL 1.080 (c) (1), (2), (4) y (5) del Anexo de la Orden FOM/876/2003, de 31 de marzo, por la que se modifica parcialmente la Orden de 21 de marzo de 2000 por la que se adoptan los requisitos conjuntos de aviación para la tripulación de vuelo (JAR-FCL), relativos a las condiciones para el ejercicio de las funciones de los pilotos de los aviones civiles, sin perjuicio de las particularidades que resultan de lo dispuesto en esta Orden.


