Legislación › Ley 2/2004, de 2 de marzo, de creación del Colegio Oficial de Ingenieros en Informática de las Illes Balears.
Artículo 2.
Artículo 2.
El Colegio Oficial de Ingenieros en Informática de las Illes Balears agrupa a los que tienen la titulación universitaria de licenciado o ingeniero en informática, o cualquier otra que haya obtenido la homologación de la autoridad pública competente.


