Legislación › Ley 3/2004, de 2 de marzo, de creación del Colegio de Ingenieros Técnicos en Informática de las Illes Balears.
Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria cuarta.
El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Informática de las Illes Balears obtiene la capacidad plena de obrar desde la constitución de sus órganos de gobierno.
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