Legislación › Ley 7/2003, de 9 de diciembre, de ordenación sanitaria de Galicia.
Artículo 28. De las actuaciones de la Xunta en relación con la Unión Europea.
Artículo 28. De las actuaciones de la Xunta en relación con la Unión Europea.
1. En las materias objeto de la presente ley, corresponde a la Xunta de Galicia la transposición, el desarrollo y la ejecución de la normativa comunitaria en aquellos ámbitos que sean propios de su competencia al amparo de lo previsto en la Constitución y en el Estatuto de autonomía de Galicia.
2. La Xunta de Galicia participará de modo efectivo en el proceso de formación de la voluntad del Estado español en orden a la adopción de decisiones y la emisión de actos normativos por los órganos de la Comunidad Europea que afecten a las materias objeto de la presente ley, en los términos previstos en las leyes y en los convenios que se establezcan con la Administración del Estado.


