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Legislación › Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears.

Artículo 25. Nombramiento y cese del secretario general.

Artículo 25. Nombramiento y cese del secretario general.

1. El secretario general será nombrado por el Consejo de la Sindicatura, entre quienes, contando con titulación universitaria superior, tengan reconocida competencia y experiencia en la materia propia de sus funciones o similares.

2. El cese corresponde igualmente al Consejo, sin que la renovación del mismo implique el cese automático del secretario general.

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