Legislación › Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears.
Disposición adicional quinta. Contratación externa.
Disposición adicional quinta. Contratación externa.
La Sindicatura de Cuentas, en el ámbito de sus competencias y para el desarrollo de determinadas actuaciones, podrá contratar con empresas o profesionales, de conformidad con lo previsto en la legislación reguladora de los contratos de las administraciones públicas.
← Disposición adicional cuarta Índice Disposición derogatoria →


