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Legislación › Real Decreto 542/2004, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Artículo 20. Mesa de la Academia.

Artículo 20. Mesa de la Academia.

1. La Mesa de la Academia, a la que corresponde la representación colegiada de la corporación, presidirá las sesiones, y estará formada por:

a) El Director.

b) El Vicedirector-Tesorero.

c) El Secretario General.

d) El Censor.

e) El Bibliotecario.

f) El Delegado del Museo, Calcografía y Exposiciones.

g) El Delegado del Taller de Vaciados y Reproducciones.

2. Todos los cargos mencionados serán elegidos por el pleno entre los Académicos de Número por un periodo de tres años, pudiendo ser reelegidos.

Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 858/2022, de 11 de octubre. BOE-A-2022-16587

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de octubre de 2022 En vigor BOE-A-2022-16587 Leer Qué cambió
22 de mayo de 2004 Texto original Leer

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