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Legislación › Real Decreto 542/2004, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Artículo 25. Secretario General.

Artículo 25. Secretario General.

Incumbe al Secretario General:

a) Dar cuenta de la correspondencia y de los asuntos que hayan de tratarse en las juntas.

b) Redactar y certificar las actas.

c) Extender y firmar las certificaciones y demás documentos que se hayan de expedir.

d) Actuar como secretario en el pleno y en la Comisión de Administración.

e) Cuidar y mantener la publicación periódica de las actividades de la Academia.

f) Llevar el registro de la Academia.

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